jueves, 21 de julio de 2016

Educación. Avanzando hacia una instrucción completa (y III)

PAUTAS DE VIDA: POSTRADA A LA SOCIEDAD
En 1839 el designio de las mujeres era el matrimonio. Desde que nacía, su obligación era prepararse para este sacramento100 pues ningún otro tipo de unión era permitida en España si tenemos en cuenta el concluyente artículo 12 de la Constitución de 1812, “la religión de la Nación Española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por sus leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra”. Aspecto que nada modificará la Constitución de 1837 que en su artículo 11 obliga a la Nación “a mantener el culto y los ministros de la religión Católica que profesan los españoles”. Bajo la influencia de la iglesia, apoyada por conservadores y liberales que optaban por esposas devotas pues consideraban la devoción un freno a las pasiones de las mujeres al tiempo que estimaban la virginidad como un merito religioso, el derecho canónigo era quien regulaba las condiciones matrimoniales y obligaciones conyugales de las esposas. Y así será hasta 1870 que entró en vigor la Ley de matrimonio Civil101 tras haber garantizado, previamente, la Constitución de 1869 la libertad de culto, aunque la religión católica seguía estando subvencionada y protegida por el Estado.102 

El destino social de la mujer lo redujo la ideología dominante a una función de ángel del hogar, estableciendo un estereotipo basado en la domesticidad y la maternidad. Su horizonte se consagraba a la familia olvidándose de si misma. “"¡La abnegación! Qué bella palabra; cómo realza la corona de la mujer y embellece su misión sobre la tierra. Sin la abnegación de la mujer no existiera la felicidad doméstica ni llegaría a veces el hombre a los grandes destinos a que le llama la sociedad. ¡Qué sentimiento tan rico en beneficio es la abnegación! La abnegación es la fortaleza del espíritu, el olvido del bienestar propio para pensar en el ajeno, y por eso esta virtud es necesaria sobre todo al ama de casa."103 La vida de la mujer se desarrollaba, fundamentalmente, en su casa realizando las tareas del hogar y dedicándose en cuerpo y alma al marido y a los hijos. Era un elemento activo, bien cuidando de la familia, bien realizando un trabajo productivo pero no remunerado. “La industrialización la forzó a separar ambas tareas y fue cuando comenzó una batalla ideológica de la iglesia y las ideologías ultraconservadoras para que su actividad se relegase únicamente a la de trabajar en el hogar. Campaña que, unida a la explotación que los empresarios sometían a las mujeres y a los niños, hicieron que se sintieran más importantes como ángeles del hogar.104 Esta construcción social y cultural de género se cimentaba en un bombardeo continuo de opiniones lanzadas desde todos los estamentos sociales y culturales presididos, naturalmente, por hombres y con el apoyo incondicional y activo de las mujeres de la aristocracia, las únicas por otra parte instruidas, y de la iglesia.105 Tantas opiniones coincidentes sobre el destino de la mujer de personajes que gozaban de autoridad, por su profesión, posición social o erudición,106 eran difíciles de rebatir para unas mujeres educadas en la sumisión, resignadas al silencio y que carecían de capacidad de crítica al ser su formación intelectual absolutamente nula. “En sí misma, la mujer, no es como el hombre, un ser completo; es sólo el instrumento de la reproducción, la destinada a perpetuar la especie; mientras que el hombre es el encargado de hacerla progresar, el generador de la inteligencia.”107 No obstante, hubo algunas opiniones vertidas a favor del derecho de la mujer a elegir su propio destino. "Si atendemos a la idea de que Dios dotó al hombre y a la mujer con unos mismos dones y facultades naturales para proveer a la comodidad general o individual; en una palabra, que los creó para que cumpliesen juntos las leyes de la vida, debemos también conceder que pertenece a la mujer un campo más vasto para poner en práctica sus facultades, que el que le presentan las ocupaciones domésticas... Es preciso convenir también en que estos limitados círculos no ofrecen suficiente ocupación a todas las mujeres; que no todas, casadas o solteras, viven en las mismas relaciones domésticas, ni reciben la misma educación; y sobre todo, no participan de las mismas inclinaciones... No pedimos absoluta monarquía en el hogar ni en el trono; ningún derecho que no se nos deba de justicia; pero queremos que se nos permita obrar libremente, y seguir nuestra vocación; y nuestros mismos esposos debieran desear que así fuese, sin que nuestros deberes hacia ellos nos fueran imperiosamente prescritos."108 

Y desde Cádiz, Margarita Pérez de Celis, directora en 1857 de El Pensil de Iberia en la ciudad andaluza, defiende ideas igualitarias que causan convulsión en la sociedad. Junto a María Josefa Zapata “representan la difusión del socialismo utópico y la doctrina de Fourier proponiendo la mejora moral de la sociedad y dando a conocer en la prensa las primeras teorías sobre la armonía de la naturaleza y el espiritualismo.109 El Pensil de Iberia destaca por el carácter revolucionario de sus propuestas que defienden un discurso igualitario  y apuntando, con un cierto análisis crítico, a las condiciones de vida de la clase trabajadora y de la mujer. Desde sus páginas se evalúa el sistema social imperante tendente a la sobreexplotación de la mujer trabajadora y su desigualdad respecto al otro sexo. “En 1859 el obispo de Cádiz denuncia la incompatibilidad de sus doctrinas con la religión católica, y se clausura su revista. Josefa Zapata cree en la esperanza, el progreso humano y en el imperio de la razón como medio de superar las diferencias sociales... Es uno de los casos en que el cambio de fortuna le lleva a tomar conciencia de los problemas de la clase obrera, al tener que ganarse la vida cosiendo y quedar luego ciega.”110 

Garantizar la felicidad del marido y lograr una descendencia sana era la misión suprema de la mujer en la vida si tenemos en cuenta los consejos que entre ellas mismas se daban. Pilar de Sinués, prolífica escritora y afortunada de estar entre el diez por ciento de mujeres no analfabetas que había en la península, escribía que “la felicidad la encuentra la mujer en su casa, en medio de su familia: allí es la reina, la señora.”111 Y, por supuesto, nada de ínsulas pues a ellas no les estaba permitido soñar con, por ejemplo, la profesión de escritora.112 Las pocas que se dedicaron a escribir tenían dos opciones, una, abandonar su vocación cuando contrajeran matrimonio; otra, compartirlo con su verdadera profesión, la de ama de casa. Y, algunas, como Gertrudis Gómez de Avellaneda (La Peregrina, Felipe Escalada, La Golondrina, Dolores Gil de Taboada), Cecilia Bohl de Faber (Fernán Caballero), Francisca Larrea (Corina), Rosario de Acuña (Remigio Andrés Delafón), Matilde Cherner (Rafael de Luna) o Patrocinio de Biedma (Ticiano Imab) se veían obligadas a firmar con seudónimo bien por pudor bien para no mostrar afrenta al macho en una sociedad donde, manifestarse intelectualmente superior, suponía ser tildada, como mínimo, de varonil.113 Pero no con un significado de género, sino en sentido laudatorio -lo que no elimina una fuerte carga peyorativa-, pues solo el hombre estaba dotado para componer escritos sublimes.114 En este sentido Concepción Arenal expresa de manera perfecta el sentir de la época: “¿Quién no recuerda haber oído en su casa o en las ajenas que muchas veces, comparando a los hermanos de diferente sexo, se dice: Aquí están cambiados; la fulanita debía ser hombre, porque aprende incomparablemente mejor que su hermano, etc. Al cabo de algunos años las aventajadas facultades de la niña estarán, por falta de ejercicio, embotadas en la mujer, que parecerá vulgar, y el hermano habrá recibido un título académico, y será muy superior a ella, y su superioridad será un hecho, y un argumento poderoso en favor de la de su sexo.”115

En este aspecto, el de compartir la escritura con las obligaciones del hogar, Pilar de Sinués116 era una afortunada pues a sus tareas de ama de casa con diez hijos unía la afición a escribir cuentos y artículos moralizantes que publicaba la prensa de la época. A aquellas que pretendían soñar con una carrera literaria, sentenciaba: “en vez de ser, como debía, el modelo de todas las virtudes: en vez de ser generosa, sumisa y tierna, es, por lo regular, egoísta, altanera e insensible... ¡Desgraciadas! ¿Qué dicha encontráis en esa frívola vanidad que pagáis tan cara?. ¿Qué debo yo a tu talento, dirá el esposo que ve descuidado el gobierno de su casa, y que tiene que repartir su corto sueldo entre la costurera y la planchadora, si quiere que no le falte lo absolutamente indispensable?”117 Pero no solo ella, Dolors Monserdá,118 escritora y periodista de la burguesía catalana afirmaba de modo tajante que “en base a leyes divinas y naturales el varón tiene una clara superioridad moral y, en consecuencia, la mujer le debe sumisión.” No satisfecha con semejante simpleza, sostenía que la subordinación de la mujer obedecía a supuestas leyes naturales basadas en las diferencias fisiológicas y biológicas entre los sexos, justificando también esta situación “argumentos incontrovertibles de la religión, la doctrina católica y los mismos mandamientos de Jesucristo.”119

Ser más inteligente era, no solo impensable, era imposible, al sostener los prohombres de la ciencia120 la inferioridad intelectual de las mujeres en comparación a los hombres. La idea generalizada sobre ellas era la de seres débiles que pasaban enfermas la mayor parte de su vida. La expresión patológica del siglo fue la histeria, que se consideraba una neurosis propia de la mujer. “En edad temprana ya demuestran las histéricas lo que han de ser, presentando la emotividad tan propia de ellas, por lo que tan pronto ríen como lloran, por cualquier pretexto que impresione: precoces, coquetas, procurando llamar hacia sí la atención, dadas a la mentira, sujetas a pesadillas, a palpitaciones y a la anemia. La movilidad más exagerada es el principal distintivo intelectual; susceptibles de una instrucción extensa y brillante, les es imposible dedicarse a nada serio y constante. Son el espíritu de contradicción, dadas a la controversia, fantásticas, y con las mayores rarezas de carácter, su sensibilidad es exagerada y las variaciones de sus sentimientos no guardan proporción con la causa que las motiva; cambian a cada instante de pensamientos y afectos; tienen una afición innata al engaño, a la calumnia y a los chismes, inventando, para justificar cualquier cosa, una bien urdida novela...se les nota además una debilidad marcada de voluntad y de inteligencia.”121  Opiniones que deducen el fuerte orden jerárquico patriarcal del siglo, mostrándonos los fundamentos que justifican la situación y condición femenina de la época. Pero aunque bastantes mujeres adoptaban estas posturas tan similares a las de los hombres, algunas como Concepción Arenal se rebelaron contra esta injusta situación social, dedicando  grandes esfuerzos a denunciar las condiciones en que se desarrollaban sus vidas, considerándolas como seres humanos marginados a quien hay que ayudar, estimular y respetar, no en subordinaciones galantes, ni en modales lastimeros y protectores, sino educándolas en la dignidad de su propia condición. “El trabajo de la inteligencia está lejos de ser una cosa espontánea en el hombre. El temor, la necesidad, el cálculo, el amor a la gloria, vencen la natural repugnancia que por lo común inspiran las fatigas del entendimiento. El profesor y el discípulo necesitan un esfuerzo, grande por regla general, para habituarse a los estudios graves y a las meditaciones profundas. ¿Cómo las mujeres vencerán esta resistencia natural, cuando para vencerla no ven objeto; cuando se les dice que no la pueden ni la deben vencer, y cuando tienen para ello hasta imposibilidad material?. Si ciertas facultades sólo se revelan con el ejercicio continuado, cuando este ejercicio falta, de que no se manifiestan ¿debe concluirse que no existen? ¡Extraña lógica! Tanto valdría afirmar que un hombre no tiene brazos, porque habiéndolos tenido toda la vida ligados y en la inacción, no puede levantar un gran peso. Y decimos grande, porque la mujer no aparece privada de ninguna de las facultades del hombre: como él, reflexiona, compara, calcula, medita, prevé, recuerda, observa, etc. La diferencia está en la intensidad de estas funciones del alma y en los objetos a que se aplican. Su esfera de acción es más limitada, pero no vemos que en ella revele inferioridad. La inferioridad, dicen, aparecería si la esfera se ensanchase. Esto es lo que no hemos visto demostrado con razones, esto es lo que nadie puede probar con hechos; esto es lo que importa mucho que se averigüe, y esto es lo que con el tiempo se averiguará. Palabras sonoras, pero vacías: autoridades, costumbres, leyes, rutinas, y el ridículo y el tiempo; esto es lo que suele traerse al debate en vez de razones. En tratándose de las mujeres, los mayores absurdos se sientan como axiomas que no necesitan demostración. Ni el estudio de la fisiología del cerebro ni la observación de lo que pasa en el mundo, autorizan para afirmar resueltamente que la inferioridad intelectual de la mujer sea orgánica, porque no existe donde los dos sexos están igualmente sin educar, ni empiezan en las clases educadas, sino donde empieza la diferencia de la educación.”122

Vida cotidiana y matrimonio

La vida cotidiana de las mujeres transcurre en la vivienda. “En estos hogares sin electricidad, gas ni agua corriente, el trabajo domestico se compone de una larga relación de tareas muy penosas, como el transporte del agua y combustible, el lavado y el planchado de la ropa. La jornada comenzaba con la preparación del fuego en la cocina, el desayuno y el vestido de los miembros de la familia, continuaba con la limpieza de la casa, la compra, el transporte de los alimentos y del agua y la cocina. La tarde se dedicaba al cosido, lavado y planchado de ropa, al bordado y a la preparación de conservas.”123 Pero ¿cómo era la mujer del siglo XIX?. Emilia Pardo Bazán la describe así, “el tipo de la española antes de las Cortes de Cádiz ha llegado a ser clásico, tan clásico como el garbanzo y el bolero. Esta mujer neta y castiza no salía más que a Misa muy temprano (pues según el refrán, la mujer honrada la pierna quebrada). Vestía angosta saya de cúbica o alepín; pañolito blanco sujeto con alfiler de oro; basquiña de terciopelo; mantilla de blonda, y su único lujo, -lujo de mujer emparedada que no anda nunca-, era la media de seda calada y el chapín de raso. Ocupaba esta mujer las horas en labores manuales, repasando, calcetando, aplanchando, bordando al bastidor o haciendo dulce de conserva; zurcía mucho, con gran detrimento de la vista... Esta mujer, si sabía de lectura no conocía más libros que el de Misa, el Año Cristiano y el Catecismo, que enseñaba a sus hijos a fuerza de azotes... Esta mujer guiaba el rosario... Consultaba los asuntos domésticos con algún fraile y tenía recetas caseras para todas las enfermedades conocidas”124 y para Concepción Arenal “es devota, beata, supersticiosa; el culto al rito superficial, la forma, lo son casi todo para ella, dejando muy poco lugar para el fondo, para lo profundo, para lo elevado, para lo íntimo.”125 La literatura femenina tiene también un concepto poco amable sobre sus virtudes pero sabe muy bien quién es el culpable de esta situación: el hombre que dicta las leyes y dirige la sociedad pensando solo en él mismo. “La mujer se vestía como un maniquí, adornaba los salones como un mueble barnizado y reluciente y llenaba las iglesias para apartar de sí cualquier idea dañina a los hombres. Era un paradigma de virtudes, incapaz de pensar y dispuesta siempre a obedecer. Era ignorante, aburrida y frívola; incapaz de mantenerse o de ser autosuficiente en cualquier faceta de la vida. Era, en suma, víctima de una sociedad a quien le convenía mantener una situación beneficiosa solo para aquellos que detentaban el poder.”126

Según el Anuario Estadístico de España en 1863 contrajeron matrimonio 124.176 mujeres. Más de la mitad lo celebran entre los 15 y los 25 años y la otra mitad entre los 25 y 35 dejando un porcentaje residual para las mayores de esta edad,127 lo que,  por término medio, indica que  se casaban a los 23 años aunque, obviamente, no es igual para todas las regiones debido esencialmente a factores de estructura familiar y estrategias hereditarias en una sociedad donde los matrimonios de conveniencia eran norma habitual por razones de beneficios económicos o de política de familia, como, por ejemplo, ocurría en Cataluña con el matrimonio de la pubilla.128 “Cada mujer española que llegaba al final de su periodo fértil tenía, en la segunda mitad del siglo XVIII, una media de 5,7 hijos. En 1887, este valor se habría reducido a 5,4.”129 De ellos, tan solo el 5,5%  alcanzaban los cinco años de edad, aumentando al 6,3 en 1900. En el caso de la mortandad de la mujer, la esperanza de vida llegaba a los 30 años en 1863, 32 en 1888 y 36 en 1900. Sea por la razón que fuere, el matrimonio es el objetivo principal en la vida de la mujer durante el siglo XIX. Y alrededor de este fin se ejecutaban los consejos hacia ella. “¿De qué sirve, exclama la mamá, el haberle costeado maestro de francés, y que diga a la perfección Comment vous portez-vous, y haya comenzado a traducir aquello de Telémaco, Calypso ne pouvait se consoler du depart d’Ulise.? ¿De qué sirven los tres o cuatro años de solfeo, piano y canto, y la paciencia con que toda la familia ha aguantado el desesperante sonsonete de las escalas y de las vocalizaciones, hasta que la niña ha podido tocar la polka titulada El último suspiro, y cantar la romanza Iu morro per te? ¿De qué sirve todo esto, si no le sirve para pescar un novio de circunstancias?”130 Era imprescindible que las señoritas fueran “un poco tontas porque era así como los hombres las querían. Mi gusto es que vayas curiosito. Luego dirán las gentes: ¡Cómo cuida la de López a su marido!. Y esto me enorgullece.”131 Debían, si, ser capaces de llevar una casa, bordar y, en una educación esmerada, incluso podían tocar el piano, pintar, saber francés o inglés.”132 Y una vez casada, debía de mantenerse vigilante en el cuidado de su cuerpo sin descuidar su apariencia física no fuera a ser que el marido la rechazara por el desaliño de su silueta. Para ello la habían educado desde niña y así lo aconsejaban los manuales de la época. “Deseáis, indudablemente, que vuestro esposo permanezca a vuestro lado; como vos, es alma y materia; las satisfacciones morales, por desgracia, no le bastarán. El cuerpo reclamará sus goces y debéis proporcionárselo; importa mucho, pues, que vuestros órganos se muestren aptos a procurárselos... Se hace indispensable cuidar de vuestros encantos más íntimos.”133 Para ello aconsejaba conservar la piel tersa, aliento fresco, encías sanas y una nariz limpia. Y este cuerpo perfecto había que completarlo y adornarlo con un trato exquisito y delicado en el hogar. Así, en la comida debían alejar todo lo que fuera causa de controversias y presentarse “con exquisito aseo y como lo más agradable de la mesa. El hombre se sienta preocupado aun con sus negocios, y es preciso tratarlo en parte como jefe de la casa y en parte como a huésped.”134 Al fin y al cabo, las obras aprobadas  por el Gobierno para servir de texto en las escuelas definen al hombre como “creado a imagen y semejanza de Dios, es el ser más noble y perfecto del universo”. Mientras que para la mujer tiene dos acepciones, una la define como un ángel y otra como un espíritu malo y tentador y, por supuesto, “la mujer en esta vida es la compañera del hombre; no vive para sí, sino para los demás.”135 La divulgación de libritos aconsejando a la mujer sobre buenas costumbres fue prolífica: Guía de señoritas en el gran mundo de José de Manjares publicada en 1854; La mujer, apuntes para un libro de Severo Catalina en 1862 y que aun se editaba en 1923; El Ángel del hogar: estudios morales acerca de la mujer de María del Pilar Sinués de Marco en 1862. La ciencia de la mujer al alcance de las niñas de Mariano Carderera en 1866; La Biblia de las mujeres de Abdón de Paz en 1867 ó  Carta a una joven sobre lo que debe saber antes de casarse del Doctor Salustio en 1868; El casamiento, modo de verificarlo con acierto de Blas y Cortés en 1876; ó La elegancia del trato social de la Vizcondesa de Barrantes, en 1897.

Con el matrimonio, la mujer reducía su rol al de madre y esposa, siendo en la familia donde se producía la mayor desigualdad jurídica y social con respecto al hombre adoptando una posición de subordinación. “La mujer casada no disponía de autonomía personal o laboral, tampoco tenía independencia económica y ni tan siquiera era dueña de los ingresos que generaba su propio trabajo. Debía obedecer al marido, necesitaba su autorización para desempeñar actividades económicas y comerciales, establecer contratos e, incluso, realizar compras que no fueran las del consumo doméstico. La ley tampoco reconocía a las trabajadoras casadas la capacidad necesaria para controlar su propio salario y establecía que éste debía ser administrado por el marido. El poder del marido sobre la mujer casada fue reforzado, además, con medidas penales que castigaban cualquier trasgresión de su autoridad: por ejemplo, el Código Penal estableció que la desobediencia o el insulto de palabra eran suficientes par que la mujer fuera encarcelada. Asimismo, el doble estándar de moral sexual le permitía al hombre mantener relaciones sexuales extra-matrimoniales y se las prohibía de forma tan tajante a la mujer que las diferencias quedaron explícitamente manifiestas en la legislación relativa al adulterio y a los crímenes pasionales. El Código Penal establecía que si el marido asesinaba o agredía a la esposa adúltera o al amante de ésta, al ser sorprendidos, sólo sería castigado con el destierro durante un corto espacio de tiempo. En la misma situación, las penas impuestas a la mujer eran mucho más severas: al ser considerado parricidio el asesinato del marido, la sentencia era siempre prisión perpetua.”136

En realidad la idea que se divulga sobre la mujer es negativa y con una carga tan peyorativa que, cuando se refieren a ellas, se hace con desestimación y menosprecio, descalificándola con sorna si apunta inteligencia o destaca en la lucha por la igualdad política o sindical. “Es cierto que hace poco ha aparecido una excrecencia informe, una aberración que se llama la mujer socialista; y puede ser que las fuerzas generadoras de la naturaleza hayan lanzado al mundo este tipo de esbozo de la filosofante que ha de venir.”137

En 1869, Rafael de Labra, en la quinta conferencia que se celebró con motivo de las Conferencias Dominicales sobre la Educación de la Mujer, señalaba que las críticas a la Emancipación de la mujer se dirigían en dos vertientes: la prostitución en la vida política y la disolución completa de la familia en la vida civil. “La ley os quita el derecho de influir en los negocios públicos, por medio del sufragio, os niega la capacidad para ocupar todo puesto dependiente del Estado, que no se refiera a la enseñanza o al ramo de estancadas. La viuda es tan libre como la soltera, y solo parece inferior considerando que si el marido ha nombrado tutor a sus hijos, la viuda no puede ser tutora de éstos. Si el esposo muere designando a una persona extraña para que atienda a los hijos menores, no corresponde a la madre siquiera la tutoría de sus hijos. La mujer soltera casi tiene los mismos derechos que el hombre, pero este casi abarca mucho. La incapacita para ser procuradora de otro, para estar en juicio, para ser testigo en un testamento, para ser tutora y curadora de otros que de sus hijos y nietos, adoptar un huérfano. La mujer casada debe fidelidad y compañía a su marido; débele más que obediencia, sumisión, hasta el extremo de no poder contratar, ni repudiar una herencia, ni admitirla sin beneficio de inventario, a no contar expresamente con su autorización; debiéndole entregar la administración de los bienes aportados al matrimonio... Para que el hombre cometa el delito de adulterio se necesita que tenga la manceba dentro de casa, o fuera de ella con escándalo, por lo que respecta a la mujer no se precisan circunstancias, llegando a consignar nuestras leyes que el adulterio de la mujer hace dueño al marido de la dote.”138

La condición de la mujer casada como ser inferior al hombre se mantiene, por increíble que parezca, hasta mayo de 1975.139 Desde la celebración de las Cortes de Toro el 9 de abril de 1505 hasta la publicación de la Novísima Recopilación las leyes que regulaban la capacidad de obrar de la mujer casada habían tenido una vigencia ininterrumpida140 y así seguiría al no ser modificadas en la Compilación de 1804 por lo que su validez se mantendría hasta la promulgación del Código Civil de 1889.141 Los cambios jurídicos que se inician con las Cortes de  Cádiz, y la posterior legislación liberal no supone nada positivo para la mujer. Por el contrario, se sigue limitando su responsabilidad y consagrando su dependencia al marido o al tutor. La casada estaba sometida al marido y limitada en la administración de sus bienes, ya que es el marido el que lleva las riendas de la economía, y por tanto, será su representante ante la sociedad.142

Hasta la entrada en vigor del Código Civil de 1889 se realizaron tres proyectos: el de 1821, 1836 y 1851 que se quedaron en intenciones y propósitos. Mientras tanto, se continuaban aplicando, en numerosos casos, las leyes aprobadas en la reunión de las Cortes en Alcalá en 1348 o las ya mencionadas de Toro. Respecto de las primeras se mantenían, por ejemplo, aquellas que castigaban a “la mujer desposada que hiciere adulterio,”143 y sobre las segundas, se mantenía aquellas que regulaban la capacidad de obrar de la mujer; ésta “no puede ni aceptar o repudiar herencia sin autorización del marido. No puede celebrar contrato, ni separarse de él, ni presentarse en juicio sin licencia del marido. Estar en juicio como demandante o como demandada, ni cierta clase de negocios ni ser testigos en los testamentos, salvo en caso de epidemia.”144 Hasta el código civil de 1889, la dirección de la sociedad familiar y la administración de los bienes correspondía al marido. En 1848 la mujer podía incurrir en penas de arresto y multa si se consideraba que había provocado o injuriado al marido. En cambio éste, para incurrir en el mismo delito, debía maltratarla y producirle lesiones menores. También se mantiene el adulterio no solo como un delito doméstico, sino también como un delito contra la sociedad, pero solo en el caso de que lo cometiese la esposa.145 En resumidas cuantas, la Ley limitaba la independencia de la mujer y la impulsaba al matrimonio, dentro del cual acaba por inhabilitar sus derechos individuales. Por otra parte, las leyes políticas tampoco reconocían a la mujer derecho alguno (el sufragio universal y los derechos políticos concedidos en la Constitución de 1869, eran patrimonio exclusivo de los varones mayores de 25 años). En todos ellos la mujer no tiene entidad jurídica, y sus derechos quedan anulados o sometidos al principio de autoridad del hombre, gozando de un status jurídico intermedio entre el niño y el hombre, que ejerce su tutela. El esposo es el representante legal de la mujer, de tal forma que ésta no puede realizar ningún tipo de acto legal sin su consentimiento. Únicamente se establece una excepción para las cosas destinadas al consumo de la familia. "La estructura familiar condiciona de tal forma las disposiciones legales del siglo XIX, que el régimen de matrimonio es la clave para entender no sólo la posición de subordinación de la mujer, sino también la visión negativa que se tenía de la misma. La casada estaba sometida al marido y limitada en la administración de sus bienes, ya que es el marido el que lleva la riendas de la economía, y por tanto, será su representante ante la sociedad."146  

100.- Desde el siglo XVI y hasta 1870, que entra en vigor la Ley de matrimonio Civil, no es posible en España otro matrimonio que el eclesiástico en los términos recogidos por el Concilio de Trento. LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 82.
101.- La Ley de Matrimonio Civil de 18 de junio de 1870 fue derogada por el gobierno de Canovas del Castillo en 1875 al creerse “en el deber imperioso de apresurarse a restablecer la conveniente armonía entre la legislación civil y la canónica en punto al matrimonio de los católicos, devolviendo a este Santo Sacramento todos los efectos que le reconocían nuestras antiguas leyes, y restituyéndolo a la exclusiva jurisdicción de la iglesia”. MUÑOZ GARCÍA, María José. Las limitaciones a la capacidad de obrar de la mujer casada. 1505-1975. Universidad de Extremadura. Madrid, 1991. Pág. 230.
102.- “La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión Católica. Si algunos españoles profesaren otra religión que la Católica su culto queda garantizado”. Constitución de 1869. Artículo 21.
103.- Varonesa de Olivares, "La vida en familia" El Correo de la Moda, 3 diciembre 1884.
104.- MYRDAL, Alba y KLEIN, Viola. La mujer y la sociedad contemporánea. Península. Barcelona, 1973. Pág. 12.
105.- Rafael Flaquer, a través de la prensa madrileña de la época, repasa las opiniones vertidas sobre la manipulación de que era objeto la mujer. “No cabe duda de que la mujer, al menos por el momento, se halla bajo el dominio de la manipulación burguesa y clerical que le asigna hipócritamente derechos para, al mismo tiempo, con las actitudes y temores de que hace uso, anulárselos, con lo que esos mismos derechos los transforma en deberes que con resignación ha de aceptar en la creencia, hábilmente inculcada, de una recompensa futura tras su muerte. Es de este modo como la burguesía ha propagado la creencia de que la virtud ha de ser fruto de la ignorancia, por lo que la mujer ha sido constantemente apartada de toda enseñanza, siendo así frecuente que incluso no sepa leer, pero lo que ciertamente se perseguía con tal idea era que los débiles ignorasen sus derechos, porque una vez conocidos exigirían el cumplimiento de los mismos. La Iglesia, por su parte, como refrendo y puntal de los intereses de la clase burguesa, se ha encargado de inculcar en la mujer unos principios que, cuando menos, solo sirven para atontar el entendimiento, a través de la predicación de una doctrina que, lejos de ser liberalizadora, es contraria a su emancipación y a los fines naturales de su existencia. Bajo tales condiciones la mujer resulta presa fácil para el sacerdote que por medio del confesionario le niega no solo el disfrute de una vida terrenal, sino que eleva a la categoría de virtud la resignación, con el fin de que soporte dócil y estoicamente su desgraciada realidad diaria: el director espiritual ha de enseñarla a que se aparte de todas las tentaciones del mundo, lugar donde precisamente ha de vivir y del que debe gozar; del demonio, ser fantástico creado por los delirios del fanatismo, y de la carne, bella y necesaria vestidura de su organismo.” FLAQUER MONTEQUI, Rafael. La función social de la mujer a través de la prensa obrera madrileña (1868-1874). En GARCÍA NIETO, Carmen, (Editora).  “Actas de las IV jornadas de investigación interdisciplinaria. Ordenamiento jurídico y realidad social de las mujeres. Siglos XVI a XX.” Universidad Autónoma. Madrid, 1987. Págs. 284-285.
106.- Por citar solo tres ejemplos: uno, el del Senador por la Real Academia de Medicina, Francisco Alonso: “El destino de la mujer es, en mi humilde concepto, embellecer y sembrar de flores el árido camino de la vida del hombre, formar el corazón de los hijos, y ser el ángel tutelar de todos los desdichados que demandan a la sociedad consuelo, amparo y protección... Una de sus principales virtudes debe ser la abnegación, el olvido de si misma, para atender como cuidado preferente a la felicidad de su cónyuge y de su hijo.” ALONSO RUBIO, Francisco. La mujer bajo el punto de vista filosófico, social y moral; sus deberes en relación con la familia y la sociedad. Imprenta Gravina. Madrid, 1863. Págs. 55 y 106.
Dos. “Ese ángel de amor, consuelo de nuestras aflicciones, testigo inseparable de nuestras miserias, apologistas de nuestros méritos, paciente sufridora de nuestras faltas, guardadora fiel de nuestros secretos, y celosa depositaria de nuestra propia honra”. LÓPEZ CATALÁN, Julián. Breves reflexiones sobre la Educación Doméstica. Discurso leído el día 1 de mayo de 1877 en la Sesión Pública que celebró la Sociedad Barcelonesa de Amigos de la Instrucción. Librería de Juan y Antonio Bastinos, Editores. Barcelona, 1877. Pág. 10.
Y tres, el del doctor Monlau (1808-1871), personalidad de influencia indiscutible en la vida y en los acontecimientos médicos en nuestro país durante el siglo XIX. Asociado al Consejo de Sanidad del Reino, escribió más de medio centenar de libros y casi doscientos artículos, destacando en la medicina higienista y preventiva donde su obra fue fundamental en nuestro país durante aquel siglo. “El gobierno de la casa corresponde naturalmente a las mujeres, al ama de casa, a la madre de familia y en no pocas casas, o por varias circunstancias, a la hija mayor. Sin una madre, hija, ama o mujer de gobierno, no puede prosperar una familia, sea esta pobre, sea de medianos haberes, sea opulenta. Por esto se ha dicho muy bien que las mujeres son las que o hacen o destruyen las casas”. MONLAU y ROCA, Pedro Felipe. Nociones de higiene doméstica y gobierno de la casa para uso de las escuelas de primera enseñanza de niñas y colegios de señoritas. Librería de Hernando y compañía. Madrid, 1867. Págs. 108-109.
107.- POMPEU GENER. La Vanguardia. 26 Febrero 1889
108.- ANÓNIMO. "Derechos de la mujer". El Reflejo. N.º 16. 20 de abril de 1843. Pág. 124
109.- SIMÓN PALMER, María del Carmen. Mujeres rebeldes. En “Historia de las mujeres. El siglo XIX”. Taurus. Madrid, 1993. Pág. 630
110.- Ibid. Pág. 630.
111.- SINUÉS DE MARCO, María del Pilar. Op. Cit. Tomo III.  Pág. 208.
112.- La primera generación de mujeres españolas que tuvo conciencia de sí misma como "mujeres escritoras" apareció hacia 1841, justo en el momento de apogeo del movimiento romántico español y de una primera oleada de reformas liberales, dando voz a su experiencia de mujeres dentro de los términos de la ideología liberal romántica. En 1839 el romanticismo español era un asunto exclusivamente masculino, como lo era en general toda la cultura impresa española... Hacia 1849 la publicación de cuatro novelas de Fernán Caballero, el éxito de la obra dramática de Gómez Avellaneda, Saúl, el continuo ascenso del prestigio literario de Carolina Coronado, junto a Concepción Arenal, Angela Grassi y muchas mujeres menos conocidas en la prensa, dejaba bien claro que las mujeres habían conquistado un lugar significativo en la producción literaria. En esta literatura escrita por mujeres existe una inclinación conformista, pero, no es menos cierto, que en las raíces de esta tradición hay un empuje opuesto de una conciencia rebelde y feminista. Esta última tendencia ya se manifiesta en el Discurso de Josefa Massanés, en el que expresa su buena disposición para cometer y justificar el "crimen" de reclamar la atención del público para sus obras, e insiste en obtener la aprobación de algún espacio en el que las mujeres puedan desarrollar su facultad intelectual. Este elemento contestatario se representa tal vez mejor en el Sab de Gómez de Avellaneda. Bajo la influencia del romanticismo liberador de la década de los treinta, la novela de Avellaneda cuestiona la jerarquía racial de la sociedad europea a la vez que descarga, de un modo encubierto, su rabia ante la opresión de las mujeres. Esta misma frustración ante la exclusión de las mujeres del mundo intelectual y de la actividad pública se vislumbra en Dos mujeres, en la poesía de Carolina Coronado e incluso -en una forma más disimulada y distorsionada- en las novelas de una escritora tan conservadora como Fernán Caballero. Sin embargo, en todos estos ejemplos, la protesta femenina está silenciada u oculta, recordándonos que estos textos constituyen un compromiso entre una conciencia femenina expansiva, y una opinión pública restrictiva y amenazadora a la que se refería... Si bien el discurso literario de la segunda mitad del siglo XIX conservaba rasgos del lenguaje y las figuras de la subjetividad femenina elaboradas por las escritoras de la década de los cuarenta, también dio lugar a descendientes de esas mismas escritoras como nos recuerda la referencia a Emilia Pardo Bazán. Entre los cientos de escritoras que siguieron el camino que habían abierto para las mujeres las pioneras de la década de los cuarenta, destacan dos importantes escritoras: Pardo Bazán y Rosalía de Castro, ninguna de las cuales siguió la tendencia dominante de adoptar la cualidad protectora de ángel doméstico. En este sentido, tanto Pardo Bazán como Rosalía de Castro desarrollaron -aunque de diferentes modos- el impulso contestatario que se distinguía en las obras de las escritoras de principios de la década de los cuarenta. Las obras de Rosalía de Castro expresan poderosamente su falta de conformidad con un sistema sexual que consideraba injusto y con un sistema social que le parecía abusivo e inhumano. La perspectiva femenina es una parte esencial de la poesía de Rosalía de Castro, que se refiere repetidamente a la doble carga que habían de soportar las mujeres gallegas, que tenían que trabajar los campos y criar a sus hijos mientras sus maridos estaban en el mar o buscando trabajo en otras partes de la península. ARIAS SOLÍS, Francisco. En
113.- “No hay mujer en Gertrudis Gómez de Avellaneda: todo anunciaba en ella un ánimo potente y viril; era su cuerpo alto y robusto.” MARTÍ, José. En
Jose Zorrilla, alabó por "varoniles" y "vigorosos" los versos de Gertrudis Gómez de Avellaneda; los miembros de la Academia de Ciencias Morales y Políticas de España, laurearon la obra de Concepción Arenal mientras afirmaban la dificultad de aceptar que "aquellas páginas doctas y viriles las hubiese trazado una mano de mujer". Emilio Zola dijo de La cuestión palpitante de Emilia Pardo Bazán: "Un libro así no se puede escribir en el tocador de una señora". CALCO, Yadira. Escritoras, las locas de la casa. En
114.- “La mujer no puede rivalizar con el hombre en ciencia, porque no cultiva su entendimiento, y además no posee en tan alto grado las facultades reflexivas, necesaria para conocerla y profundizarla. ALONSO RUBIO, Francisco. La mujer bajo el punto de vista filosófico, social y moral; sus deberes en relación con la familia y la sociedad. Imprenta Gravina. Madrid, 1863. Pág. 81.
115.- ARENAL, Concepción. La mujer del porvenir. Capítulo IV. “La historia.” En
116.- Escritora fecunda con más de cien títulos publicados. Fundó en 1863 Flores y Perlas y en 1865 la revista El Ángel del Hogar. En sus escritos aconsejaba a la mujer sobre el matrimonio y la vida de familia, destino en el que creía fervientemente
117.- SINUÉS DE MARCO, María del Pilar. Op. Cit. Tomo I. Págs. 200 y 201.
118.- Consideraba que el papel de las mujeres burguesas era el de proteger, bajo las premisas del reformismo católico y del catalanismo conservador, a las trabajadoras mediante la creación de centros adecuados que evitaran su radicalización. En
119.- NASH, Mary. Mujer, familia y trabajo en España (1875-1936). Op. Cit. Pág. 12.
120.- La capacidad intelectual de ambos sexos fue abordada por la frenología, que intentaba demostrar la inferioridad de las facultades intelectuales de las mujeres respecto a la de los hombres. El doctor Franz Joseph Gall sostenía que las hembras tenían la frente más pequeña y más corta que los varones aunque la zona comprendida entre aquella y el hueso occipital estaba perfectamente desarrollada, lo que revelaba la superioridad intelectual del hombre y la mayor disposición en el cuidado maternal y sensibilidad en ellas. Otros autores trataron de demostrar la inferioridad física de las mujeres. Estos argumentos absurdos y sin rigor científico serían utilizados más tarde para impedirles el acceso a la educación superior y a determinadas profesiones.
121.- MARTÍNEZ Y VALVERDE, Joaquín. El guía del diagnóstico de las enfermedades mentales. Barcelona,1900. Págs. 242-243. En
122.- ARENAL, Concepción. La mujer del porvenir. Capítulo II. “Inferioridad de la mujer. Cuestión fisiológica.· Op. Cit.
123.- FOLGUERA CRESPO, Pilar. ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. Op. Cit. Págs. 426-427.
124.- PARDO BAZÁN, Emilia. La mujer española y otros artículos feministas. Editora Nacional. Madrid, 1976. Págs. 28-29.
125.-ARENAL, Concepción. Estado actual de la mujer en España. B.I.L.E. N.º 425. 31 de agosto de 1895. Pág. 241.
126.- DIEGO, Estrella de. Op. Cit. Pág. 235.
127.- LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, Mª. Victoria. Op. Cit. Pág. 59.
128.- Pubilla: se producía cuando solo se tenían hijas (tanto si se tenía una hija única como si había varias hijas). En estos casos la pubilla jugaba exactamente igual que el hereu. Lo lógico es que la pubilla se casase con un segundón de otra casa, del mismo modo que ocurría con los hereus. Las pubilla eran muy buscadas y algunas casas acumularon gran cantidad de tierras por la vía de estas bodas. FERRER ALÒS, Llorensç. Familia y grupos sociales en Cataluña. En CHACÓN JIMÉNEZ, F., HERNÁNDEZ FRANCO, A., PEÑAFIEL RAMÓN, A. (Editores). “Familia, grupos sociales y mujer en España”. Universidad de Murcia, 1991. Pág. 125.
129.- El número de hijos descendió a 4’7 en 1900, 4’4 en 1910, 4’1 en 1920 y 3’6 en 1930. DOPICO, Fausto. Ganando espacios de libertad. La mujer en los comienzos de la transición demográfica en España. En “Historia de las Mujeres. El siglo XIX”. Editorial Taurus. Madrid, 1993. Pág..579.
130.- ÁVILA, Ángel. La niña casadera. En ROBERT, Roberto. Las españolas pintadas por los españoles: colección de estudios acerca de los aspectos, estados, costumbres y cualidades generales de nuestras contemporáneas. Imprenta Morete. Madrid, 1871. Pág. 36.
131.- NOMBELA, Julio. La mujer casera. Ibid. Pág. 200.
132.- DIEGO, Estrella de. Op. Cit. Pág. 236.
133.- Doctor Salustio. Carta a una joven sobre lo que debe saber antes de casarse. Librería de A. Durán. Madrid, 1868. Págs. 16-17.
134.- CARDERERA, Mariano y Doña F. de A. P. La ciencia de la mujer al alcance de las niñas. Imp. del Colegio Nacional de Sordo-Mudos y Ciegos. Madrid, 1870. Pág. 106.
135.- Ibid. Págs. 19, 20 y 23.
136.- NASH, Mary y TAVERA, Susana. Experiencias desiguales: conflictos sociales y respuestas colectivas. Síntesis. Madrid, 1994. Pág. 120.
137.- PÉREZ GALDÓS, Benito. La mujer del filósofo. En Roberto Robert. Op. Cit. Pág. 122.
138.- LABRA, Rafael M. de. Sobre la mujer y la legislación castellana. Imprenta de M. Rivadeneira. Madrid, 1869. Págs. 10 y sigs.
139.- Hasta le Ley de 2 de mayo de 1975 no se puede hablar de reforma legislativa en la situación jurídico-civil de la mujer casada desde 1505... La proyección de las Leyes de Toro fue absoluta en las limitaciones a la capacidad de obrar de la mujer casada... Esta Ley de 1975 supuso para el Ordenamiento jurídico español, el primer gran paso en la liberación de la mujer. La equiparación de los cónyuges representó el inicio del camino en pro de la igualdad de sexos. MUÑOZ GARCÍA. María José. Op. Cit. Pág. 276.
140.- El ordenamiento de Toro de 1505 en las leyes 54 a 61, regula las instituciones generales e indispensables para la capacidad de obrar de la mujer casada: licencia marital (ley 56), licencia judicial (leyes 57 y 59), ratificación del marido (ley 58); y las esferas concretas de su actuación jurídica: aceptación y repudiación de herencia (ley 54), contratación y comparecencia en juicio (ley 55), renuncia a los bienes gananciales (ley 60), fianza y obligación mancomunada (ley 61). La regulación de las leyes 54 a 61 de Toro, al pasar literalmente a la Nueva y Novísima Recopilación, permanece vigente de forma casi lineal y constante hasta la ley de 2 de mayo de 1975, dado que en los proyectos de código civil de 1821, 1836 y 1851, en la Ley de Matrimonio Civil de 1870, y en el Código Civil de 1889, el sistema regulado es el mismo que se normativiza en 1505. MUÑOZ GARCÍA, María José. Tesis doctoral: Limitaciones a la capacidad de obrar de la mujer casada en el derecho histórico español. Leyes 54 a 61 del ordenamiento de Toro. En
141.- La inexistencia del Código civil durante la casi totalidad del XIX no significaba que no hubiese entonces Derecho civil. Lo que sucedía es que las normas civiles continuaban siendo las contenidas en las Partidas o en el Ordenamiento de Alcalá o en las Leyes de Toro o en algunas otras leyes recopiladas en la Novísima. Con frecuencia las sentencias del Tribunal Supremo anteriores a 1890 aplican en plena sociedad burguesa leyes contenidas en esas arcaicas fuentes. TOMÁS Y VALIENTE, Francisco. Manual de Historia del derecho español. Editorial Tecnos. Madrid, 1983. Pág. 537.
142.- HARO HERNÁNDEZ, Teresa; GRIMAU MARTÍNEZ, Lola; GALÁN RUBIO, Cristina; SAGARDÍA REDONDO, Marisa. Op. Cit. Pág. 33- 35.
143.- Ley I, tít. 21, del Ordenamiento de Alcalá, copiada literalmente en el Libro XII, Título XXVIII, Ley II de la Novísima Recopilación.
144.- Leyes 54 a 61 de Toro. Están literalmente copiadas en el Libro X de la Novíssima Recopilación. Títulos I, IV, XI y XX.
145.- FOLGUERA CRESPO, Pilar. ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. Op. Cit. Pág. 425.
146.- HARO HERNÁNDEZ, Teresa; GRIMAU MARTÍNEZ, Lola; GALÁN RUBIO, Cristina; SAGARDÍA REDONDO, Marisa. Op. Cit. Pág. 33- 35.


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Luis Alberto Cabrera es Licenciado en CC. de la Información por la Universidad Complutense y en CC. de la Documentación por la Universidad de Alcalá. Autor de los libros: "Los hermanos Taviani", "Alcalá en la escuela", "Memoria Gráfica de Alcalá", "Guadalajara, el lápiz de la luz", "Retratos de fin de siglo", "Catálogo de publicaciones del Ayto. de Alcalá", "Todos a la feria", "El archivo y la fotografía en Alcalá de Henares", "Mujer, trabajo y sociedad", "Alcalá en las colecciones fotográficas", "Cas Oorthuys, la mirada de un holandés errante".

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