sábado, 6 de febrero de 2016

Educación. Avanzando hacia una instrucción completa (I)

La Ley Moyano
Hasta el siglo XVIII la enseñanza de la mujer es un territorio acotado a la alta nobleza y dirigida más hacia el adiestramiento de normas de conducta en sociedad que a la instrucción de conocimientos. En general, la sociedad española es mayoritariamente analfabeta, con un altísimo porcentaje de mujeres que ni siquiera saben firmar. No será hasta 176867 cuando se declare el derecho a la educación de las mujeres, estableciendo Carlos III en la Novissima Recopilación68 una serie de Leyes para secundar el que esta atribución no fuera solo privilegio de los varones.69 Prerrogativas que la  Constitución de Cádiz de 1812 amplía, reconociendo su carácter universal, público, gratuito y libre.70 El regreso de Fernando VII significó un cierto retroceso al dictaminar en la nueva Ley de Instrucción de 1816 que las escuelas de niñas tenían como único objetivo la realización de sus labores, “pero si alguna de las muchachas quisiera aprender a leer tendrá igualmente la Maestra obligación de enseñarlas.”71

En 1822 los liberales expresan el objetivo de equiparar los planes de estudios para niños y niñas con la salvedad de dedicarse éstas por las tardes a las labores propias de su sexo. Pero se trata más de un deseo que de una realidad, pues en 1822 tan solo existían 595 escuelas de niñas frente a las 7.365 de niños. “La legislación liberal contribuyó muy poco al desarrollo de la escolarización femenina, ya que, aunque establece las bases para una instrucción pública primaria, sigue contemplando establecimientos separados para niñas y exigiendo modificaciones en la enseñanza, de acuerdo con el sexo. Esta nueva Ley preveía sólo la creación de Normales masculinas; las femeninas ni siquiera se contemplaban, de tal forma que las maestras ejercían sin formación ni titulación, y para paliar las dificultades y la falta de recursos de los Ayuntamientos a la hora de organizar la instrucción primaria en las escuelas femeninas, se sugería a los maestros que dejaran a sus mujeres a cargo de las mismas, ya que para regir dichas escuelas no eran necesarios grandes conocimientos.”72 Testimonio de la ineficacia de las leyes dirigidas al control de la educación de las niñas son los datos estadísticos de 1849, donde el total de niñas matriculadas en las escuelas públicas y privadas representa el 23% del total de alumnos de ambos sexos. Esto ocurría dos años después de la Ley de Pastor Díaz de 1847, la cual “ordenaba que toda población de más de 500 habitantes debía tener como mínimo una escuela elemental para cada sexo."73

Algunos observadores sugieren que esta dilación en materia educativa, con especial incidencia en el fuerte índice de analfabetismo de la población femenina, era una consecuencia del atraso social y económico del país, del aislamiento ideológico respecto a Europa y del sólido control que llegó a adquirir la Iglesia sobre las mujeres a través de las escuelas femeninas74 y las escuelas dominicales, creadas para enseñar “a las criadas en clases que se imparten los días festivos el preciosos beneficio de la educación e instrucción cristiana. Esta educación comprende la enseñanza del catecismo de doctrina cristiana y los consejos para instalar en ellas el temor de Dios.”75

En el siglo XIX  el proceso educativo está dirigido a “reforzar las diferencias de género entre hombres y mujeres, de forma que a los hombres se les asigna la función productiva y el ámbito de actuación de lo público y a las mujeres la función de reproducción y el ámbito de lo privado. La actividad reproductora de las mujeres no debe ser solamente biológica, sino cultural y social, por lo que en el seno del hogar se debe propiciar el desarrollo de los valores sociales de la nueva sociedad burguesa. La educación para las mujeres debía situarse en un desarrollo equilibrado entre el cuerpo y el espíritu. Ambos deben desarrollarse de forma que las mujeres lleven a cabo la tarea fundamental para la que han nacido, esto es, para el mantenimiento y desarrollo de la especie. Para llevar a cabo este objetivo se publicarán numerosos tratados donde se realiza una apología de la obediencia y la modestia como cualidades que deben instruir la vida de toda joven.”76 A través de estos escritos la mujer recibía una educación dirigida a convertirla en un ser agradable y servicial para acompañar el devenir del hombre. “Cada uno de sus actos debía resumir la perfección y la humildad, la caridad hacia el pobre y la devoción para el esposo. Su papel estaba predestinado incluso antes de nacer: debía ser primero hija, luego esposa y finalizar su vida sin haberse dado cuenta de lo que su vida había sido.”77 Existen un conjunto de obras destinadas a difundir desde la propia escuela unos principios destinados a subrayar la importancia del comportamiento tradicional de la mujer, y a llamar la atención acerca de la trascendencia de su papel en la sociedad. Así para Ossorio y Gallardo al lado de la instrucción general, es preciso crear una educación femenina especial que tenga un doble objetivo: el aprendizaje profesional que sirva para ganarse el pan y el aprendizaje doméstico que sirva para la familia. La primera obra escrita con finalidad pedagógica que trata de sistematizar el conjunto de tareas que debe desempeñar la mujer es La ciencia de la mujer al alcance de las niñas de Mariano Carderera.78

El Estado todavía no había asumido, ni siquiera ideado, el compromiso de la escolarización obligatoria. “Baste con saber que las cuestiones de enseñanza constituían un departamento más del ministerio de Fomento. En el curso 1859-60 se contaban 1.024.882 alumnos entre escuelas públicas y privadas (3.800 escuelas privadas y 18.260 públicas), mientras que la población escolar superaba los dos millones y medio. La segunda enseñanza reunía a 20.000 alumnos y las universidades poco más de 6.000, de ellos, 3.755 en la facultad de Derecho. Y del estado de difusión de la cultura da también idea el número de bibliotecas públicas existentes en todo el país en 1859: ¡cincuenta y seis!”79 Estos trazos de subdesarrollo tienen su máximo reflejo en la educación femenina. Si el censo de 1860 muestra que el 81,02 de la población no sabe leer ni escribir, al referirnos a la mujer el porcentaje asusta, ni más ni menos que el 90,42 son analfabetas. “En una sociedad donde la mayoría de las mujeres son analfabetas, la expresión oral se convierte en el único medio de comunicación ideológica y en el elemento fundamental de adoctrinamiento y el aprendizaje. La aceptación de una determinada manera de estar en el mundo, el desempeño de determinados papeles, la sublimación de las propias carencias y de la limitación de horizontes son, sobre todo, el resultado de una acción que se transmite de madres a hijas.”80 

La Ley Moyano de 185781 aglutinó los diferentes decretos y leyes hasta entonces aprobados creando un marco legislativo para la enseñanza que sobrevivirá hasta bien entrado el siglo XX. Aunque escaso en lo relativo a novedades, supuso un adelanto sobre toda la legislación vigente y por primera vez se establece la enseñanza primaria elemental como obligatoria para todos los españoles entre los seis y los nueve años. La Ley disponía la creación de una escuela común para los municipios de menos de 500 habitantes. Una de niñas y otra de niños para los de más de 500 habitantes y una superior para las poblaciones con 10.000 o más. “La gratuidad quedaba muy restringida en estas Escuelas Públicas, ya que serían de pago, salvo para los pobres inscritos en los Ayuntamientos, previo certificado del cura y visado por el Alcalde. Sin embargo, la Ley era categórica en cuanto a su obligatoriedad, imponiendo penas que podían llegar a la prisión para los padres que la infringían. Pero, a pesar de las sanciones existentes, la Ley era ignorada, ya que el número de escuelas y el de maestros era insuficiente, los locales eran inadecuados y ruinosos, e incluso los mismos Ayuntamientos no podían asumir las cargas financieras. La asistencia era muy baja y afectaba a la mitad de la población de más de seis años.”82 En cuanto a la regulación de las Escuelas Normales de Maestras, impulsaba su constitución “para mejorar la instrucción de las niñas” pero establecía diferencias notables como que no se las enseñara Ciencias Naturales, Física, Geometría, ni nociones de comercio, por considerarlos estudios masculinos. También quedaba reflejada la discriminación salarial de las maestras con una paga 1/3 menor que la de los maestros.

Las dos terceras partes del siglo XIX se caracteriza por el gran abandono de la mujer, sobre todo de aquellas niñas que forman parte de las clases más desfavorecidas. Sus vidas transcurren realizando los trabajos del hogar y el cuidado de los hermanos menores, cuando sus madres están ausentes. Ningún interés por formarlas intelectualmente afloraba entre la clase política y dirigente de la época, "en la mujer, la educación es de más importancia que la instrucción. La primera se dirige al corazón; la segunda, a la inteligencia. Eduquemos a las mujeres, e instruyámoslas después, si queda tiempo."83 Para la propaganda oficial “la clase elevada es la única que educa a sus hijas. En la clase pobre se crían hasta los ocho años en un completo abandono, como el trigo en los campos de la Mancha. Al cumplirlos, los padres, solo estudian la manera de que sus hijas se ganen el necesario alimento... La clase media se divide en dos opciones. Unos enseñan a lo sumo a a sus hijas a leer, escribir y las cuatro reglas de aritmética... La velada la han de ocupar en hacer calceta... Por el contrario, otros se encargan de que se les enseñe con cuidado el dibujo, el baile, la música y el francés. En cuanto a la costura, zurcido y planchado, son materias secundarias.”84 Y van más lejos al afirmar que solo la educación religiosa es aconsejable y virtuosa. Y para ello crean las Escuelas Dominicanas, presidida por la condesa de Humanes, con el fin de “dispensar a las criadas y demás jóvenes del pueblo el preciosos beneficio de la educación e instrucción cristianas. Esta educación comprende la enseñanza del catecismo de doctrina cristiana y los consejos para instalar en ella el temor de Dios. También la instrucción se encierra en los precisos límites de leer, escribir y contar.”85 

67.- En 1768, Carlos III ordenó establecer casas de enseñanza para niñas y aplicó a su manutención los bienes de los jesuitas destinados a idéntico fin. LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 93.
68.- En el reinado de Carlos III, el Consejo de Castilla encomendó a José de Lardizabal que coleccionara las reales cédulas, decretos y autos acordados con posterioridad a la última edición de la Nueva Recopilación; realizado el trabajo fue presentado en 1786 al Consejo de Castilla sin llegar a merecer aprobación. Carlos IV ordenó nuevamente que se reunieran las disposiciones legales dispersas, aprobándose por el monarca y promulgadas en 1804. Componían este cuerpo legal los mismos elementos que la Nueva Recopilación, si bien se suprimieron las derogadas y se incluyeron las dictadas con posterioridad a aquél. Compendio del Derecho Civil. 6 tomos. Librería de Victoriano Suárez. Madrid, 1894. Tomo I. Pág. 258.
69.- “Novísima Recopilación”. Libro VIII. Título I. Ley IX: Mando, que en los pueblos principales, donde parezca más oportuno, se establezcan casas de enseñanza competentes para niñas, con matronas honestas e instruidas que cuiden de su educación, instruyéndolas en los principios y obligaciones de la vida civil y cristiana, y enseñándolas las habilidades propias del sexo.
“Novísima Recopilación”. Libro VIII. Título I. Ley X: Lo primero que enseñarán las maestras a las niñas serán las oraciones de la Iglesia, la doctrina cristiana por el método del catecismo, las máximas de pudor y de buenas costumbres; las obligaciones a que vayan limpias y aseadas a la escuela, y se mantengan en ella con modestia y quietud. Todo el tiempo que estén en la escuela se han de ocupar en sus labores... empezando por las más fáciles, como faxa, calceta, punto de red, dechado, dobladillo, costura; siguiendo después a coser mas fino, bordar, hacer encases; y en otros ratos, que acomodará la maestra según su inteligencia, a hacer cofias o redecillas, sus borlas, bolsillos y sus diferentes puntos, cintas caseras de hilo, de hilaza, de seda, galón, cinta de cofias, y todo género de listonería. Esta Ley está tomada del artículo 2 de la Cédula de Carlos III de 11 de mayo de 1783 donde se reglamentan las escuelas de niñas.
70.- En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica. Constitución de 1812. Título IX de la Instrucción Pública. Capítulo Único. Artículo 366.
71.- LUZURIAGA, Lorenzo. Documentos para la historia escolar de España. Imprenta Julio Cosano. Madrid, 1916. Pág. 230.
72.- HARO HERNÁNDEZ, Teresa; GRIMAU MARTÍNEZ, Lola; GALÁN RUBIO, Cristina y SAGARDÍA REDONDO, Marisa. Op. Cit. Págs. 46 y sigs.
73.- Ibid. Pág. 47.
74.- En 1851 se acordó entre el gobierno moderado y la Santa Sede que los compradores de bienes eclesiásticos no serían molestados, y, en cambio, se fijó una dotación para el culto y el clero. La unidad religiosa fue solemnemente proclamada así como la inspiración católica de toda la enseñanza en los establecimientos públicos y privados. La situación creada por la desamortización de Madoz quedó regulada por un convenio adicional de 25 de agosto de 1859. MARTÍ y MARTÍ, Casimiro. Afianzamiento y despliegue del sistema liberal. En “Historia de España”. Tomo VIII. Revolución burguesa, oligarquía y constitucionalismo:1834-1923. Dirigida por TUÑÓN DE LARA, Manuel. Editorial Labor. Barcelona, 1981. Pág. 198.
75.- SINUÉS DE MARCO, María Pilar. Op. cit. Tomo I. Pág. 185.
76.- FOLGUERA CRESPO, Pilar ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las Mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. Op. Cit. Pág. 429.
77.- DIEGO, Estrella de. Prototipos y antiprototipos de comportamiento femenino a través de las escritoras españolas del último tercio del siglo XIX. En  DURÁN, María Ángeles y REY, José Antonio (Edición de). “Actas de las cuartas jornadas de Investigación Interdisciplinarias”. Universidad Autónoma de Madrid. Zaragoza, 1987. Pág. 234.
78.- GÓMEZ-FERRER MORANT, Guadalupe,. El trabajo doméstico en los manuales escolares. En MATILLA, Mª Jesús y ORTEGA, Margarita (ed.). “Actas de las VI Jornadas de Investigación Interdisciplinaria. El trabajo de las mujeres: siglos XVI-XX”. Universidad Autónoma de Madrid, 1987. Pág. 181.
79.- TUÑÓN DE LARA, Manuel. La España del siglo XIX. Tomo I: De las Cortes de Cádiz a la primera República. Op. Cit. Págs. 274-275.
80.- LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, MARÍA VICTORIA. Op. Cit. Pág. 102.
81.- Claudio Moyano Samaniego (1809-1890) fue el ministro que publicó en 1857 la primera ley de Instrucción pública y que estará vigente hasta finales de la Segunda República.
Texto de la Ley:
Artículo 1º La primera enseñanza se divide en elemental y superior.
Artículo 2º La primera enseñanza comprende:
Primero. Doctrina cristiana y nociones de Historia sagrada, acomodadas a los niños.
Segundo. Lectura.
Tercero. Escritura.
Cuarto. Principios de gramática castellana, con ejercicios de ortografía.
Quinto. Principios de aritmética con el sistema legal de medidas, pesas y monedas.
Sexto. Breves nociones de agricultura, industria y comercio, según las localidades.
Artículo 3º La enseñanza que no abrace todas las materias expresadas, se considerará como incompleta para los efectos de los artículos 100,102, 103,181 y 189.
Artículo 4º La primera enseñanza superior abraza además de una prudente ampliación de las materias comprendidas en el art. 2º Primero. Principios de geometría, de dibujo lineal y de agrimensura. Segundo. Rudimentos de historia y geografía, especialmente de España. Tercero. Nociones generales de física y de historia natural acomodadas a las necesidades más comunes de la vida.
Artículo 5º En las enseñanzas elemental y superior de las niñas se omitirán los estudios de que tratan el párrafo sexto del artículo 2º y los párrafos primero y tercero del artículo 4º, reemplazándose con:
Primero. Labores propias del sexo.
Segundo. Elementos de dibujo aplicado a las mismas labores.
Tercero. Ligeras nociones de higiene doméstica.
Artículo 6º La primera enseñanza se dará, con las modificaciones convenientes, a los sordo-mudos y ciegos, en los establecimientos especiales que hoy existen y en los demás se crearán con este objeto; sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 108 de esta Ley.
Artículo 7º La primera enseñanza elemental es obligatoria para todos los españoles. Los padres y tutores o encargados enviarán a las Escuelas públicas a sus hijos o pupilos desde la edad de seis años hasta la de nueve; a no ser que les proporcionen suficientemente esta clase de instrucción en sus casas o establecimiento particular.
Artículo 8º Los que no cumplieren este deber, habiendo escuela en el pueblo o a distancia tal que puedan los niños concurrir a ella cómodamente, serán amonestados y compelidos por la autoridad y castigados en su caso con la multa de 2 hasta 20 rs.
Artículo 9º La primera enseñanza elemental se dará gratuitamente en las escuelas públicas a los niños cuyos padres, tutores o encargados no puedan pagarla, mediante certificación expedida al efecto por el respectivo cura párroco y visada por el Alcalde del pueblo.
82.-  HARO HERNÁNDEZ, Teresa; GRIMAU MARTÍNEZ, Lola; GALÁN RUBIO, Cristina; SAGARDÍA REDONDO, Marisa. Op. Cit.  Págs. 46 y sigs.
83.- CATALINA DEL AMO, Severo. La mujer: apuntes para un libro. Madrid, 1862. Pág. 14.
84.- SINUÉS de MARCO, María del Pilar. Op. cit. Tomo I. Pág. 21.
85.- SINUÉS de MARCO, María del Pilar. Ibid. Pág. 185.

sábado, 9 de enero de 2016

Antecedentes


Antecedentes

Ya en el siglo XVIII y en contra de lo establecido por las constituciones gremiales, Campomanes alentaba a que las mujeres pudieran dedicarse a todos los oficios persuadido de que con ello habría de aumentar el desahogo económico de la familia. “Sabía muy bien que había provincias en las que las mujeres iban en los barcos a pescar en el mar; llevaban a vender el pescado desde los puertos a los mercados; cultivaban las casas por sí mismas, y eran tenderas y panaderas que hacían pan para venderlo. Las mujeres guardaban el ganado, guiaban los carros, sallaban, escardaban, sembraban y cribaban las mieses y, si no había hombres disponibles, también labraban la tierra. Sabía que las mujeres porteaban y vendían frutas y que casi siempre regentaban las tiendas de mercería. Las había dedicadas a hacer encajes, medias y cordones”31 y en 1784 se resolvió por real cédula que todas las mujeres podrían trabajar en la manufactura de hilos y en cuantos oficios determinaran “el decoro y fuerza de su sexo.”32 En algunas Reales fábricas su aportación llegó a ser tan importante que se otorgaron medidas no solo para favorecer su incorporación sino también para recompensar a sus maridos.33
 
Todos los investigadores coinciden en afirmar que las fuentes para analizar el mundo laboral del siglo XIX no resultan fiables si deducimos que el trabajo no es solo el indicado en los censos y referido solo al cabeza de familia. Si podemos suponer, sin embargo, que el porcentaje de mujeres trabajadoras sería muy alto, pues al encontrarnos en un proceso preindustrial la participación de población laboral es bastante elevado. Hay en este siglo abundancia de trabajos invisibles no mostrados en las estadísticas, que abarcan desde nodrizas y amas de cría34 hasta otros que necesitaban de todo el núcleo familiar como el artesanal o las labores agrícolas, para mantener la supervivencia, pues el jornal del cabeza de familia resultaba insuficiente en una época donde la mayoría de la población sufría serias penurias económicas, más cercanas a la pobreza que a cualquier otro estado económico más benigno. Así, por un lado existen fuentes donde aparecen mujeres desarrollando una actividad remunerada, pero no se expresan las actividades relacionadas con el cuidado familiar y el consumo interno, aunque resulta esencial para la subsistencia. Por otro, muchas mujeres que formaban parte de las actividades artesanales de sus maridos no figuran en ningún censo, quizá si acaso, en aquellos de panaderas, taberneras, estanqueras o tenderas pero muy probablemente solo en aquellos casos en que enviudan. Así, por tomar un ejemplo, el Padrón de 1845 de Alcalá de Henares muestra a distintas mujeres desarrollando oficios como el de cacharrera, buhonera, carretera, cerera, comerciante, palmera, salinera, sendera o tabernera.35

El trabajo de la mujer en el siglo XIX era de baja consideración social.36 Su papel laboral consistía, si exceptuamos aquellos casos en que por viudez o incapacidad el peso de la familia dependía íntegramente de la mujer, en complementar la producción o los ingresos del marido. No significa esto que no fuera relevante, pues en el primer tercio del siglo XIX difícilmente hubieran subsistido, sin esta colaboración, aquellas familias de economía humilde y que representaban la inmensa mayoría en una sociedad donde escaseaban los núcleos con rentas desahogadas. Valorar con rigor la actividad laboral de la mujer en este periodo sería referirse únicamente al desempeñado por solteras y viudas que abarcaban básicamente todo el mercado de trabajo en condiciones laborales de 10 ó 12 horas a lo que debía añadirse la menor remuneración que se asignaba al trabajo femenino. En su Monografía estadística de la clase obrera de Barcelona en 1856, Ildefonso Cerdá da los siguientes jornales medios por oficios y sexos, referidos a oficiales y expresados en reales: 37

                                                           Hombre                      Mujer

                        Alpargateros                  7,00                           2,50

                        Bordadores en oro      14,75                           8,50

                        Cesteros                         9,00                           4,00

                        Guanteros                   11,50                            2,50

Calceteros                   13,00                           6,50

Sombrereros               11,25                           3,75

Zapateros                    11,25                           2,25  

           
En lo relativo a los diferentes sectores productivos poco se conoce sobre el sector primario. La economía española en el siglo XIX, cuya modernización en el proceso de industrialización fracasó, era “esencialmente agraria en el sentido de que la mayor parte de la población continuó viviendo en comunidades rurales y ganándose la vida en ocupaciones agrícolas.”38 El latifundismo y el caciquismo eran las principales características del campo español. “El suelo se encontraba concentrado en las manos de un restringido número de grandes propietarios, de modo que, todavía a finales de siglo, once mil personas poseían en la zona seis mil novecientas hectáreas, en tanto que treinta y cinco mil propietarios mantenían, por su parte, tres millones quinientas mil hectáreas; y el resto, nueve millones trescientas mil hectáreas, estaba distribuido entre siete millones ochocientos mil campesinos, de los cuales seis millones disponían de menos de una hectárea de terreno.”39 España, hasta su despegue industrial, fue un país agrario donde existían labores específicamente femeninas como eran la escarda, la vendimia o la recogida de aceituna40 aunque en el norte del país se ocupaban también de guardar el ganado, guiar los carros, escardar, espigar, segar, labrar y pastorear.
 
En el sector secundario la tradicional dedicación de las mujeres al hilado y al tejido permite su incorporación a la industria textil, bien como empleadas de fábricas o desde sus casas como hilanderas.41 En 1841, el total de capitales invertidos en la industria catalana era de “cuatrocientos treinta y siete millones de reales, calculándose que se empleaban unos noventa mil obreros... La mayor parte de ellos eran niños, que se explotaban a partir de los cinco años, y mujeres. Los capitalistas españoles, ardientes defensores del orden, la familia, la patria y la caridad cristiana, explotaban sin conciencia a los más débiles, con el pretexto de que las mujeres y los niños aportaban así un suplemento de salario.”42 

La elaboración del tabaco será otra de las actividades que ocupó un alto porcentaje de la mano de obra femenina. En 1849 en la fábrica de Sevilla de un total de 4.542 trabajadores, 4.046 son mujeres y en Madrid son 3.000 las operarias que en 1950 se dedican a fabricar puros, cigarrillos y picado.43 En el periodo comprendido entre 1860 y 1880, las cigarreras madrileñas comenzaban a trabajar con once años -lo que evidencia el empleo de mano infantil- y, al igual que el resto de operarias, en precarias condiciones higiénicas y de salubridad.”44 Existen en estos años otros oficios realizados por mujeres como esparteras, zapateras, tintoreras, panaderas o cabestreras. “En el censo de Profesiones, Arte y Oficios de 1860 encontramos 54.455 mujeres industriales, 114.558 artesanas y 54.472 jornaleras.”45

En lo referente al sector terciario46 existían, principalmente, tres actividades: el servicio domestico, el de maestras47 y el de parteras o comadronas. También las de mesoneras, venteras, comerciantes, ama, demandera y nodriza. “El oficio de ama, la mujer que acompañaba a los presbíteros y canónigos, se encargaban de todas las necesidades haciendo de sirvientas y conviviente. Eran trabajos de responsabilidad. El oficio de demandera consistía en hacer las labores de servicio externo, llevando los recados y encargos extramuros que mandase la institución religiosa para la que trabajase y que normalmente desarrollaban por fervor religioso. El trabajo de nodriza o ama de cría, criadoras de niños, suponía un ingreso extra para aquellas familias encargadas de criar y cuidar a niños y niñas abandonados en la inclusa. Las sirvientas y criadas es un sector muy numeroso. En la mayoría de los casos las mujeres que trabajaban en las casas eran jóvenes llegadas de fuera a servir a una casa en general solteras y viudas y donde el 51% eran menores de veinte años – en Guadalajara el 33% de las sirvientas tenían entre 8 y 14 años - y tan solo el 18% superaba los 25 años.”48 La oferta  sobre nodrizas llegaba hasta la prensa de la época, donde se podían leer anuncios como Francisca García, edad 18 años, primeriza, leche fresca para criar en casa de los padres, darán razón c/San Crispín, 31.49 El servicio doméstico ocupaba fundamentalmente a jóvenes entre 15 y veinticinco años, solteras, que una vez casadas, generalmente, abandonaban esta actividad. En 1860 el número total de empleadas en este sector era de 416.560, lo que la lleva a encabezar la profesión femenina. Entre las maestras la ocupación era de 2.505 en 1848 y de 7.789 en 1860.50

En relación con el número de niñas que concurrían a la enseñanza, “el promedio general era de 1 por 56. El caso límite era el de Burgos, donde sólo había 1 por 196 niñas. Le seguían Soria (1 por 140), Orense (1 por 137), León (1 por 123), Palencia (1 por 114), Oviedo (1 por 113) y Santander (1 por 101). En el caso de los maestros, ninguno llegó a superar los 70 alumnos, siendo el promedio general 1 por 43 alumnos.”51 Fue durante la Ilustración cuando se planteó por primera vez, desde los medios oficiales, la necesidad de educar a las niñas y, por Real Cédula de 1783, en tiempos de Carlos III, se estableció la enseñanza oficial de niñas, mediante la creación de escuelas gratuitas de barrio, en Madrid, con la intención de que esta iniciativa se extendiese después a otras ciudades de España. Precisamente para estas escuelas se encargó al Consejo de Castilla y a las Diputaciones de Barrio de la selección de maestras que habrían de encargarse de la enseñanza en dichas escuelas. Se seleccionarían preferentemente las que supiesen leer, aunque, sobre todo, era fundamental que fueran de buenas costumbres, supieran coser y conocieran la doctrina cristiana.52 La Ley Moyano es la primera orden legislativa en que se recomienda la creación de Escuelas Normales femeninas. También se señalaba que para ser maestra de primera enseñanza se requería haber estudiado, con la debida extensión, en Escuela Normal y además se admitían a las maestras con estudios privados, siempre que acreditasen dos años de práctica en una escuela modelo. Sin embargo la existencia de escuelas Normales de Maestras es anterior a dicha ley pues en algunas provincias españolas se establecieron espontáneamente. Así, la más antigua es la de Navarra, que se inauguró en 1847, la de Logroño en 1851 a las que siguieron el resto de provincias.53 Las maestras, aunque tenían las mismas horas de trabajo que los varones, tan solo percibían la tercera parte en relación al salario de ellos. Tan significativa como esta discriminación eran ciertos requisitos previos a los exámenes, como el presentar la fe de casada, la que lo fuera, y pruebas específicas como era el caso de la costura.54

Un caso especial era el de la prostitución, considerada por un lado como un atentado a la ética de la familia y por otro como una institución necesaria e indispensable que servía de paliativo a las frustraciones sexuales de los hombres.55 Disyuntiva moralista que el Código Penal de 1848 regulará -aunque su práctica dejará de ser considerada un delito-, estableciendo la pena de prisión a quién la promoviese. Normativa que se mantendrá en las reformas que del mismo se llevaron a cabo en 1850 y 1870. Con la reglamentación higienista posterior a 184856 llegó a ser un trabajo mayoritario y la preocupación pasó a preservar el recato y pudor social, prohibiéndola se mostrasen en plazas públicas o asomarse a balcones y ventanas. En Madrid, en ese año, se registran alrededor de 34.000 mujeres dedicadas de alguna forma a la prostitución.57 Para la moralidad burguesa es un destino que se vislumbra desde la infancia, propio de la pereza, holgazanería y costumbres que adoptan las niñas abandonadas a su suerte. “A cualquier hora de la noche, recorre una multitud de muchachos de ambos sexos las mesas de los cafés de la corte, pidiendo limosna a concurrentes... Estos niños se nutren de envidia y de veneno, y juran mas tarde un odio encarnizado y sangriento a la sociedad... De esas criaturas suelen salir esas mujeres perdidas, oprobio y baldón de su sexo... Las niñas van a casa de algún sastre, o a alguna tienda de calzado, donde trabajan doce o catorce horas por dos o tres reales. Otras, a la edad en que todavía necesitan de cuidados maternos, entran a servir, y se les encarga del cuidado de una o más niñas, poco menores que ellas... Cuando se aproximan a los quince años... esas niñas, a las que sus familias han criado sin ninguna idea de religión y de moral; esas niñas que no saben rezar ni leer, ni escribir; esas niñas que no saben mas que lo que la necesidad o el egoísmo de sus padres les enseñó, para que no se murieran de hambre; esas niñas sucumben a la tentación, como no puede menos de suceder, y se pierden para toda su vida.”58 El oficio de prostituta es tanto o más infame que el de verdugo. Es el oficio más asqueroso, más impuro y más pútrido que se conoce. Si en una calle te encuentras entre un montón de basura y una prostituta, y es inevitable tener contacto con el uno o con la otra, tírate a la inmundicia. Un poco de agua devolverá a tus vestidos la limpieza que antes tenían; pero nada hay capaz de quitar la mancha que en ti habrá impreso el contacto del vicio.59 “Situados en una perspectiva actual, estas consideraciones de Monlau referentes a la prostitución no pueden por menos que ser calificadas como terribles y absurdas; pero tales manifestaciones se deben considerar, creo, dentro del contexto histórico de una época en la que el idealismo que acompañó al movimiento romántico estaba asociado a un pensamiento absolutamente burgués del que Monlau participa inequívocamente. La doctrina higiénica fue más allá de las consideraciones propiamente médicas y silenció cualquier atisbo de emancipación femenina, estableciendo un conjunto de reglas de comportamiento, extensivas a todos los ámbitos de la existencia humana, que estaban absolutamente impregnadas de una componente moral y ética heredera del optimismo ilustrado y orientadas a la búsqueda de unos comportamientos perfeccionistas que en las capas de la población más desfavorecidas, desaparecían acuciadas por la necesidad y el hambre. Se hace necesario recordar aquí que Monlau desarrolló su denuncia de las condiciones de vida de las clases más desfavorecidas desde un púlpito burgués y, como cita López Piñero, los proletarios españoles tienen en Monlau un enérgico testigo de su situación, pero en modo alguno alguien que se sienta partícipe de su destino ".60

Aunque lentamente, los derechos de las mujeres trabajadoras iban encontrando respaldos en las asociaciones obreras. Así, a principios de 1870 y al amparo de la agrupación madrileña de la A.I.T. se aprobó en su Reglamento de la Asociación de los Trabajadores de la Sección de Madrid, que contaba con secciones de carpinteros, tipógrafos, zapateros, pintores, doradores y guarnicioneros, constituir una Sección de Obreras “por primera vez en la historia del movimiento obrero.”61 Y este mismo reglamento en su Artículo Tercero del Titulo Segundo  incluía el derecho a asociarse a todo individuo de uno u otro sexo. El 19 de junio tuvo lugar en Barcelona el primer Congreso Obrero Español, cuyos delegados adoptaron los principios de la Primera Internacional, que atribuían a estos la responsabilidad de su emancipación, dotándose al mismo tiempo de un sistema de organización  y donde el afiliado formaba la base de la Asociación. Este primer congreso obrero estableció nuevas reglas de asociación y contribuyó a propagar una conciencia revolucionaria que se intentaba apagar negando a los trabajadores sus derechos y coaccionándoles o despidiéndoles de sus trabajos.62 En este primer Congreso “el criterio proudhoniano era dominante y se manifestaba en la afirmación de que la mujer no debía incorporarse a la producción. Tres años después, sin embargo, en el órgano ideológico de la Federación se reconocía el principio de la igualdad de derechos y deberes entre los sexos. Interesa destacar la clara posición igualitaria de Anselmo Lorenzo, quien ya a finales de siglo defendía el papel activo de la mujer en la lucha social. Para él las diferencias existentes entre los dos sexos no tenían causas naturales, sino que eran única y exclusivamente resultado de las condiciones del medio en que uno y otro se hallaban colocados.”63 En 1872, a pesar de las persecuciones de que eran objeto las asociaciones obreras, tuvo lugar clandestinamente en Zaragoza el II Congreso de la Federación Regional de la Primera Internacional. Entre las propuestas presentadas hay un informe para Tratar de la mejor manera posible de la emancipación de la mujer de todo trabajo que no sea doméstico que dictamina que “la mujer es un ser libre e inteligente, y como tal, responsable de sus actos, lo mismo que el hombre; pues si esto es así, lo necesario es ponerla en condiciones de libertad para que se desenvuelva según sus facultades. Ahora bien, si relegamos a la mujer exclusivamente a las faenas domésticas, es someterla, como hasta aquí, a la dependencia del hombre, y, por tanto, quitarle su libertad. ¿Qué medio hay para poner a la mujer en condiciones de libertad? No hay otro más que el trabajo.64

Los últimos meses de 1872 y primeros del 73 fueron de unas condiciones durísimas para los jornaleros del campo  y obreros industriales. La sequía y malas cosechas, por un lado, y la crisis económica, por otro, con un déficit en la Hacienda pública que tenia al país al borde de la quiebra, unido a la sublevación carlista en el norte y una serie de disturbios generalizados en todo el territorio nacional, engendraron las condiciones para  crear una crisis política que llevó a la abdicación de Amadeo de Saboya  y la proclamación de la Primera República el 8 de junio de 1873. Un mes después, “la Unión Manufacturera, en nombre de cuarenta mil trabajadores, reivindicaban la jornada de ocho horas y salario mínimo de 12 reales. Igualdad de salario para hombres y mujeres, a las que se debe reconocer como al hombre la libertad de trabajar como y cuando le conviene mejor... La respuesta a esta petición, se tradujo en la Ley de 24 de julio presentada por el Ministro de Trabajo, Eduardo Benot, que prohibía trabajar a los menores de diez años, sin exceder la jornada de cinco horas para los menores de trece y las menores de catorce y de ocho horas para los de trece a quince años y las de catorce a diecisiete. Prohibición de trabajo de noche para los menores de quince años y las menores de diecisiete.”65 El clima social se fue deteriorando y el clamor con que fue recibida la república se apagó rápidamente, surgiendo motines en Cataluña y la proclamación del cantón independiente de Cartagena el 12 de julio. “Siete días después le siguieron Loja, Écija, Béjar, Alicante, Sagunto, Orihuela, San Fernando, Sevilla, Valencia, Cadiz, Almansa y Torrevieja proclamaron el cantón republicano y al día siguiente, Castellón y Granada. El día 22, se le sumaron Algeciras, Tarifa, Andujar, Bailén, Salamanca y Jaén y, al días siguiente, Málaga, en un proceso irreversible que amenazaba a extenderse a todo el país.”66 La respuesta fue la represión a las sociedades obreras que volvieron a tener una actividad clandestina. Un decreto, con fecha 10 de enero de 1874, del Gobierno Provisional formado tras el golpe de Estado del general Pavía ordenaba disolver la Internacional. Un año después, el 14 de enero de 1875, Alfonso XII entraba en Madrid.

NOTAS
31.- ANES Y ÁLVAREZ DE CASTRILLÓN, Gonzalo. Campomanes y el trabajo femenino: Influencias doctrinales y acción legislativa.  En el catálogo de la exposición “Campomanes y su tiempo”. Fundación Santander Central Hispano, Cajastur, Correos y Telégrafos. Madrid, 2003. Pág. 134.
32.- Cédula de 2 de enero de 1784. Archivo Histórico Nacional, sección de Consejos Suprimidos, libro 1.492.
33.- LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. La situación de la mujer a finales del antiguo régimen (1760-1860). En Varias Autoras. “Mujer y sociedad en España (1700-1975)”. Ministerio de Cultura. Instituto de la Mujer. Madrid, 1986. Pág. 67.
34.-“El oficio de ama de cría existió desde siempre. Al menos desde el momento en que una mujer pudo pagar a otra para que le sustituyese en el menester de dar el pecho al hijo en el período de lactancia. Sucede, sin embargo, que aquello que en otros tiempos pudo ser una necesidad, el siglo XIX (ese siglo inquieto y tornadizo) vino a convertirlo en un lujo. Mujeres del campo acudieron entonces a la ciudad para tratar de suplir con sus indispensables atributos -salud y abundancia- lo que las madres de la cada vez más abundante burguesía no podían o no querían dar: la leche. Se produce así una emigración exclusivamente femenina de los pueblos a la urbe. Las costumbres, las creencias de estas amas -como antes sucediera con otros personajes del tipo aguador o arriero y después con los serenos, por ejemplo- vienen a implantarse y desarrollarse lejos del terreno propicio y del humus fecundo que les dieron origen. Por eso precisamente esas formas llaman tanto la atención y llegan a crear un prototipo de personaje casi escénico cuya vida y milagros son descritos por costumbristas y periodistas de la época.” En . Sobre este tema ver: FRAILE GIL, José Manuel. Amas de Cría. Catálogo de la exposición. Fundación Joaquín Díaz. Fundación Centro de Documentación Etnográfica sobre Cantabria. Valladolid, 2000.
35.- OTERO CARVAJAL, Luis Enrique; CARMONA PASCUAL, Pablo y GÓMEZ BRAVO, Gutmaro. La Ciudad oculta, Alcalá de Henares 1753-1868. El renacimiento de la ciudad burguesa. Ayuntamiento de Alcalá de Henares, 2003. Pág. 211.
36.- El trabajo fuera de casa de la mujer era considerado en esta época como nocivo para ella misma y para la sociedad, tanto por entrar en contradicción con los diferentes roles asignados al hombre y a la mujer, como por ser causante del paro, la baja de salarios y la prostitución. Mientras tanto, el trabajo de la mujer era necesario en la industria para cubrir los gastos de la familia obrera, así como para obtener una reducción de los costes de producción. Solo una minoría veía, en la competencia entre hombre y mujer en el trabajo, una vía de evolución, tanto para ella, como para la humanidad. NÚÑEZ ORGAZ, Adela. Evolución del trabajo femenino en el anarquismo. En ORTEGA, Margarita y MATILLA, Mª Jesús (Editores). “El trabajo de las mujeres. Siglos XVI-XX. Actas de las sextas jornadas de investigación interdisciplinar”. Universidad Autónoma de Madrid. Madrid, 1996. Pág. 283.
37.- MORALES MUÑOZ, Manuel. ”Ecce Mulier”. Sobre un discurso de Teobaldo Nieva a las trabajadoras de la Internacional. En ORTEGA, Margarita y MATILLA, Mª. Jesús (Editores). Ibid. Pág. 290.
38.- TORTELLA CASARES, Gabriel. La Economía española (1830-1900). En TUÑÓN DE LARA, Manuel (Dir.). “Historia de España. Revolución burguesa, oligarquía y constitucionalismo:1834-1923”. Tomo VIII. Editorial Labor. Barcelona, 1981. Pág..67.
39.- GÓMEZ RIVERO, R. y PALOMEQUE LÓPEZ. M. C. Op. Cit. Pág. 7.
40.- LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 65.
41.- Era muy frecuente que familias enteras trabajaran en la misma actividad, el padre como maestro tejedor o tundidor, la madre y los hijos pequeños como hilanderos, despinzadores o canilleros. LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Ibid. Pág. 66 .
42.- OLAYA MORALES, Francisco. Op. Cit. Pág. 131 y 154.
43.- FOLGUERA CRESPO, Pilar ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las Mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. “Historia de las Mujeres en España”. Editorial Síntesis, S.A. Madrid, 1997. Pág. 447.
44.- “La preocupación por las condiciones higiénicas en las labores del tabaco venía a denunciar una de las costumbres más arraigadas en la vida de las fábricas: la presencia de los hijos de las cigarreras en los talleres. Durante el siglo XIX, particularmente en la fábrica sevillana, fue muy común que las mujeres acudieran al trabajo con sus hijos; los más pequeños permanecían junto a sus madres en capachos y cajones improvisados que las obreras mecían al tiempo que realizaban la labor.” CANDELA SOTO, Paloma. Cigarreras madrileñas: trabajo y vida (1888-1927). Tecnos. Madrid, 1997. Pág. 127.
45.- LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 71.
46.- El sector terciario carece de importancia económica y política en esa época, aunque no de importancia sociológica: téngase en cuenta la enorme cantidad de sirvientes que había, 618.000 según el censo de 1860. ALARCÓN CARACUEL. M.R. Op. Cit. Pág. 72.
47.- “La ley prohíbe a la mujer el ejercicio de todas las profesiones. sólo en estos últimos tiempo se la ha creído apta para enseñar a las niñas las primeras letras.” ARENAL, Concepción. La mujer del porvenir. La mujer de su casa. Librería de Victoriano Suárez. Madrid, 1895. Pág. 54.
48.- OTERO CARVAJAL, Luis Enrique; CARMONA PASCUAL, Pablo y GÓMEZ BRAVO, Gutmaro. Op. Cit. Pág. 215-217.
49.- RUBIO GARCÍA, Rosa, ROCA HERMOSILLA, Matilde, LAIZ BLANCO, Manoli y LlORCA, Carmen. La mujer en el siglo XIX y breves noticias. Asociación de Mujeres “Amanecer”. Cartagena, 1999. Pág. 18.
50.- FOLGUERA CRESPO, Pilar ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las Mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. Op. cit. Pág. 447
51.- Censo de 1860. Págs. 463 y 464. Citado en  LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 76
52.- COLMENAR ORZAES, Carmen. La primera mitad del siglo XX: 1931-1950. En SAN ROMÁN GAGO, Sonsoles (Directora). “La maestra en el proceso de cambio social de transición democrática: espacios históricos generacionales”. Instituto de la Mujer. Madrid, 2001.Pág. 37.
53.- Ibid..Pág. 41.
54.- Citado en LÓPEZ-CORDÓN CORTEZO, María Victoria. Op. Cit. Pág. 75.
55.- FOLGUERA CRESPO, Pilar ¿Hubo una revolución liberal burguesa para las Mujeres? (1808-1868). En GARRIDO GONZÁLEZ, Elisa;  FOLGUERA CRESPO, Pilar; ORTEGA LÓPEZ, Margarita y SEGURA GRAIÑO, Cristina. Op. Cit. Pág. 448.
56.- “En 1854 el gobierno liberal creó una comisión de tres médicos con el encargo de que redactasen un Reglamento que estipulase medidas de salud pública y visitas sanitarias a las prostitutas... Eran sometidas a observación dos veces por semana y los resultados se anotaban en sus cartillas; las que tenían enfermedades infecciosas eran enviadas al Hospital de San Juan de Dios.” SCANLON, Geraldine M. La polémica feminista en la España contemporánea (1868-1974). Siglo Veintiuno. Madrid, 1976. Pág. 109.
57.- HARO HERNÁNDEZ, Teresa; GRIMAU MARTÍNEZ, Lola; GALÁN RUBIO, Cristina; SAGARDÍA REDONDO, Marisa. Aulas para un siglo: mujer y educación en España (1845-1930). Pág. 33. En
58.- SINUÉS de MARCO, María del Pilar. El Ángel del hogar: estudios morales acerca de la mujer. Imprenta española de Nieto y comp. Tomo I. Madrid, 1862. Pág. 178 y sigs.
59.- MONLAU, P. F. Elementos de Higiene Pública o Arte de conservar la salud de los pueblos. Tomo II. Imprenta Rivadeneira. Madrid, 1864. Págs. 923-924.
60.- ALCAIDE GONZÁLEZ, Rafael. La introducción y el desarrollo del higienismo en España durante el siglo XIX. Precursores, continuadores y marco legal de un proyecto científico y social. En < http://www.ub.es/geocrit/sn-50.htm#24 >
61.- OLAYA MORALES, Francisco. Op. Cit. Pág. 325.
62.- “El Obispo de Vich, por ejemplo, hizo pública una pastoral exhortando al clero de su diócesis a negar la absolución a los afiliados a la Internacional. Los patrones del oficio de curtidores de Valladolid, acordaron a principios de abril el despido de todos los operarios que pertenecieran a la Asociación y, en Málaga, Martín Larios, hizo despedir de su fábrica, “Industria Malagueña”, a los operarios que leían la prensa obrera.” OLAYA MORALES, Francisco. Op. Cit. Pág. 367.
63.- Mary Nash. En

64.- Reproducido en NASH, Mary. Mujer, familia y trabajo en España, 1875-1936. Anthropos. Barcelona, 1983. Pág. 47.
65.- OLAYA MORALES, Francisco. Op. Cit. Pág. 502 y 516.
66.- Ibid. Pág. 506.

 

jueves, 31 de diciembre de 2015

Mujer, trabajo y sociedad

REFORZANDO LA DIFERENCIA DE GÉNERO. 1839-1875

HACIA LA VISIBILIDAD DEL TRABAJO FEMENINO
El  10 de noviembre de 1839 se realiza en España la primera fotografía, un daguerrotipo realizado por Ramón Alabern en los Porxos d’en Xifré por encargo de la Academia de Ciencias y Artes de la ciudad de Barcelona. “La plaza de la Constitución estaba cuajada de curiosos atraídos por la novedad del espectáculo; y los elegantes tocados de las damas convidadas, junto con los armoniosos acentos de la banda de música daban al terrado un aire tan pintoresco como apacible.”1 Es un periodo no solo de sensibilidad artística, igualmente de abrazos políticos como el de Vergara que dieron fin a la primera guerra carlista. También fue el año en que por Real Orden se dictan las condiciones que autorizan la asociación obrera en forma de sociedades de socorros mutuos2 destinadas al auxilio de los asociados en caso de enfermedad e infortunios. Desaparecidas las cofradías, los trabajadores de las fábricas quedaban totalmente desprotegidos, produciéndose casos patéticos ya que el despido era norma común en caso de enfermedad. Como consecuencia de la Ley, los obreros de Barcelona -tras un largo periodo de reivindicaciones- constituyeron, poco antes del acceso de Espartero al poder3, la Sociedad de Protección Mutua de Trabajadores de Algodón. En 1840 Barcelona cuenta ya con una organización obrera. Eran asociaciones permitidas por la clase dominante que no veían en ellas ninguna amenaza a su poder político e influencia social. Otra cuestión sería el rumbo emprendido por el proletariado hacia el sindicalismo aprovechando la cobertura legal permitida al mutualismo y al cooperativismo.

A partir de 1839, el incipiente asociacionismo obrero se manifestaba en torno al mutualismo (sociedades de socorros mutuos), el cooperativismo (sociedades cooperativas de consumo y de producción) y el sindicalismo propiamente dicho (sociedades de resistencia). “La primera de estas direcciones responde a la idea de aliviar la nada envidiable situación del obrero sin atacar a la raíz de la misma; la segunda iba un poco más lejos: se alimentaba del mito de la posibilidad de construir un sistema de producción más justo, paralelo al existente, y que acabaría imponiéndose por su mayor rendimiento económico y superior calidad ética; la tercera, en fin, se proponía como objetivo la lucha de clases contra el sistema capitalista y, dentro de él, para conseguir que el trabajador vendiera su piel lo más cara posible.”4

El trabajo de las mujeres se hizo visible para la sociedad cuando abandonaron el encierro familiar y accedieron a las fábricas, coincidiendo con la Revolución Industrial y la aparición de la industria fabril. “Es entonces cuando se visibiliza la presencia de las mujeres en la producción social y por extensión se comienza a tener en cuenta otras ocupaciones, comenzando de este modo a relacionar a las mujeres con todo tipo de actividades laborales, sean éstas remuneradas o no. Curiosamente, la aceptación del trabajo femenino viene apadrinado por la actividad de las mujeres de clase media, que se inician en distintos oficios en el siglo XIX y que da lugar a la generalización de la idea acerca de la incorporación de las mujeres al trabajo.”5 España se incorporó tarde a la industrialización, comenzando a mediados del siglo XIX y no consolidándose hasta principios del XX. La falta de una clase burguesa socialmente uniforme y el mantenimiento excesivo de los gremios que frenaban la libre iniciativa serán dos de las causas más significativas junto a las fricciones bélicas surgidas entre 1808 y 18766. Los exclusivos privilegios que a la sombra de gobiernos anteriores al liberalismo alcanzaron los gremios retrasaron el progreso de la industria y de la economía española. No será hasta 1836 cuando desaparecerán como institución jurídica al restablecer el gobierno progresista la libertad de industria. Hubo, sin embargo, resistencia, pues los gremios no eran todavía corporaciones moribundas vacías de contenido y, aunque decadentes, seguían cumpliendo una función económica y social. No obstante, el cambio de la sociedad corporativa al contrato es tan imparable como la desigualdad entre quienes poseen los medios de producción y quienes venden su fuerza de trabajo.7 Estos y sus sociedades de socorros mutuos pronto fueron disueltas bajo el peso del Código Penal de 1848 que castigaba  a aquellos que se asociaran con el fin de encarecer el precio del trabajo o regular sus condiciones, con penas de arresto mayor y multa de 10 a 100 duros.8 Sus exigencias se dirigían exclusivamente a reclamar libertad de asociación y limitación de la jornada laboral.

En la sociedad moderada (1844-1854) lo importante se basaba en la disciplina. Daba igual solucionar los males, lo imprescindible era que “dentro del orden, haya un poco de pan y toros; iluminaciones, fiestas de Carnaval, paseos por el Prado, Cúchares y el Chiclanero en los ruedos, grandes procesiones... y los nuevos cafés... más de sesenta había en Madrid en 1847, entre ellos veinte de lujo... Pero no se moderniza el Estado, ni la vida ciudadana; la Constitución de 1845 es todo lo contrario... La prensa nos dice que todos los días de la semana hay saraos en la buena sociedad: La condesa de Montijo recibe todos los domingos; la marquesa de Legarda, los lunes; la señora de Roncali los martes; la de Torre Alta los miércoles; la de Pablos los jueves....” 9 Frente a esta sociedad de pan y toros y la doble moralidad de la clase dirigente, el obrero seguía luchando por su supervivencia, desarrollando el sindicalismo fuertes lazos de solidaridad a lo largo de la década de los 40, al enfrentarse con los empresarios y la ilegalización de sus organizaciones por parte del gobierno. Pero la expansión del obrerismo se produciría en el bienio progresista, teniendo lugar en 185510 en Barcelona la primera huelga general de España, justificada en la desautorización de las medidas adoptadas por las autoridades militares11 y la reivindicación del derecho de asociación obrera. Durante los años del bienio progresista (1854-1856) el movimiento obrero se extendió hacia otras zonas del país, marcando el inicio del sindicalismo de clase12 y consolidando la huelga como el instrumento más eficaz en la lucha por sus derechos. Protestas que en algunos casos surgieron de las numerosas crisis de subsistencia, llevando a la muerte a hombres y mujeres. En 1856 se amotinaron varias ciudades de Castilla y León13 debido a la carestía de la vida y elevado precio del pan y otros alimentos de primera necesidad provocado por la falta de previsión y el acaparamiento especulativo de los fabricantes y comerciantes de grano. En Palencia, algunos propietarios, a pesar de las órdenes del gobernador de evitar el uso de armas, repelieron a tiros a los amotinados causando numeroso muertos. En Valladolid, los manifestantes, después de apedrear el ayuntamiento, incendiar varios fielatos, almacenes y molinos, asaltaron las casas de algunos comerciantes e hirieron al gobernador civil que intentó oponérseles al frente de la fuerza pública. El día 25 el ministro de Gobernación, Escosura, se trasladó a Valladolid, para informarse del origen del conflicto mientras los tribunales militares procesaban a 85 personas, siendo veinte condenados a muerte. Siete hombres y una mujer en Valladolid y diez hombres y dos mujeres en Palencia14.

Antecedentes a este carácter batallador de la mujer los encontramos en el verano de 1835 donde a las tensiones políticas entre el gobierno de Martínez de la Rosa y la opinión liberal del país se sumaron las malas cosechas y una epidemia de cólera que desembocaron en revueltas populares en las principales ciudades españolas, con sucesos especialmente violentos en Barcelona con la muerte del general Bassa15 y donde las mujeres tomaron parte activa. “En Barcelona las han visto arrastrar el cadáver ensangrentado del general Basa cometiendo en él los más abominables excesos; Barcelona las ha visto arrojar piedras, muebles y agua hirviendo sobre los infelices soldados que, obedeciendo a sus jefes, atacaban las barricadas. Precursoras de las petrolistas de París, ya en el incendio de los conventos dieron muestras de sus feroces instintos”.16

Del propio bienio y como consecuencia de la huelga general de julio de 185517 será el proyecto de ley que el Ministro de Fomento, Manuel Alonso Martínez, presentó a las Cortes, el día 8 de octubre,18 sobre ejercicio, policía, sociedades, jurisdicción e inspección de la industria manufacturera. “La promesa de adopción por las Cortes de una ley dirigida a mejorar la suerte de los obreros fue realmente cuanto recibieron de los poderes públicos, como contrapartida de su vuelta a la normalidad social, los huelguistas catalanes de julio de 1855. Y la proyectada norma, que no había de superar el proceso de gestación parlamentaria, respondía sin ambages a la preocupación sustancial de eliminar el conflicto de clases o, en los propios términos del proyecto, las disidencias entre el fabricante y el operario; encaminándose de modo decidido a evitar estos riesgos, harto frecuentes por desgracia, y a menudo provocados por el espíritu de subversión y de intriga; a poner en armonía las miras e intereses del fabricante y del obrero; a fundar en su unión nuevas garantías de estabilidad y reposo para los pueblos, de orden y concierto para los establecimientos industriales, de moralidad y bienestar para las familias, de mejora y progreso para el trabajo.”19 Proyecto de Ley que nunca fue aprobado, como tampoco lo fue el de Manuel Becerra de 1872. Habrá que esperar hasta 1873 para la intervención del Estado en las relaciones de trabajo asalariado a través de una normativa protectora para las clases trabajadoras. “Tal fue, a la sazón, la Ley de 24 de julio de 1873, de regulación del trabajo en los talleres y la instrucción en las escuelas de los niños obreros de ambos sexos. La recordada como ley Benot, por haber sido precisamente este político republicano federal, entonces Ministro de Fomento, el artífice del correspondiente proyecto legislativo, que el Gobierno remitía a las Cortes Constituyentes de la Primera República el día 25 de junio de dicho año. Es esta norma legal, sin duda, la primera disposición protectora del trabajo de rango superior y la llave maestra de la historia española de la legislación obrera y, con ella, de nuestro ordenamiento jurídico laboral. Y es que, hasta 1873, tan sólo puede hablarse, desde luego, de precedentes aislados de  relevancia escasa y, en cualquier caso, de preparativos y de proyectos normativos.”20

De la formación de una conciencia obrera de clase, base del concepto de movimiento obrero, no cabe hablar, sin embargo, hasta 1868. El asociacionismo obrero, escasamente desarrollado entre 1840 y 1868,21 no había alcanzado aún una elaboración teórica y la práctica del conflicto social apenas era tolerada por la sociedad. Sólo durante los años que transcurren entre la Revolución de septiembre (1868) y los primeros pasos de la Restauración (1875) y, al hilo de la consolidación de la sección española de la Internacional de Trabajadores, es posible asistir al nacimiento del movimiento obrero español sobre una conciencia de clase diferenciada.22 Será la Ley de 1887 quién reconozca que el derecho de asociación podrá ejercerse libremente, desarrollándose bajo su amparo las principales organizaciones sindicales. En 1888 es creada en Barcelona la Unión General de Trabajadores de tendencia socialista y en 1910 la Confederación General del Trabajo de ideología anarco-sindicalista.

Por otra parte, impulsados por las ideas y proyectos de desarrollo económico y por la continua demanda de mano de obra generada por la revolución industrial, empieza a formarse la idea de permitir a las mujeres el ejercicio de la actividad laboral no como ayuda familiar gratuita, sino de forma remunerada y fuera del entorno familiar.23 Los obreros estaban en contra del trabajo femenino en las fábricas y especialmente reacios al ejercicio del trabajo remunerado en el caso de las mujeres casadas. “Fue constante la denuncia de la dedicación de las mujeres al trabajo extradoméstico... El discurso del obrero dio prioridad al culto de la maternidad y resaltó el cometido primordial de la mujer en el seno de la familia... Prevaleció la idea de que los hombres tenían el monopolio o como mínimo un derecho preferente a un puesto de trabajo y fue frecuente la equiparación de la mujer adulta trabajadora como un menor sin derechos laborales. El rechazo del trabajo asalariado femenino obedeció a su vez a una lógica económica: el miedo a la competencia y el desplazamiento de la mano de obra masculina por la femenina. La revista anarquista Acracia argumentaba abiertamente que era en provecho de los propios intereses económicos del obrero que la mujer se quedase en casa: “¡Además, es un hecho probado que en los trabajos en que la mujer puede hacerle la competencia, el hombre gana un jornal más reducido que en aquellos otros en que esta competencia no es posible; de modo que el obrero, aunque solo fuera por egoísmo, debería tratar de sacar a la mujer del taller o de la fábrica, para que pudiera dedicarse única y exclusivamente a los quehaceres domésticos. La clara hostilidad de los trabajadores con respecto a la incorporación de las mujeres al proceso productivo fue frecuente en la práctica cotidiana. La disuasión ideológica y la presión social fueron los mecanismos habituales para reforzar la identidad cultural femenina como madre y esposa.”24 Desde las filas socialistas, por el contrario, se denunciaba la actitud de algunas asociaciones obreras para excluir a la mujer de los talleres y las fábricas. En este sentido, las ideas que la revista El Socialista25 difundía acerca de cómo conseguiría la mujer su emancipación respecto del hombre, se encuentran muy por delante del pensamiento civil y político de aquel siglo. Ideales igualitarios que el tiempo se encargaría de confirmar: “no hay más remedio positivo que atraer a la obrera a las filas societarias y reclamar para ellas el mismo salario que para el trabajador... el trabajo también la coloca en condiciones, la proporciona medios para no estar supeditada a la voluntad del hombre. Mantenida por éste, la mujer ni es libre ni puede ser jamás la compañera del hombre, mientras que sostenida por su esfuerzo, por su propio trabajo, lo será, no pudiendo darse el caso, como sucede ahora, de que sus sentimientos, su voluntad, se vean constreñidos ante el temor de carecer de medios para vivir.” Pero en la misma revista reconocía la disminución del sueldo para el obrero desde que la mujer y el niño se incorporan al proceso de producción. “El salario que el trabajador percibía antes de que la mujer y el niño fuesen absorbidos por el torbellino de la era explotación era mayor, bastante mayor, que el que perciben hoy, cuando trabajan todos, el padre, la madre y los hijos. El burgués compra actualmente 30 ó 40 horas de trabajo, es decir, la actividad de toda una familia, por el mismo precio o menos quizá que antes compraba 8 ó 10; y cuando el trabajo escasea, como acontece al presente, se queda con los que cuestan más baratos -la mujer o el niño- y despide al que gana un salario más crecido -el hombre-.” Y pocos días después se podía leer: “La mujer debe trabajar, aunque no tenga necesidad absoluta; debe trabajar para ser independiente, para ser libre e igual al hombre.”26

El peso de la mano de obra femenina en el sector textil es tan importante que en 1839 existen en Cataluña 117.487 operarios de los cuales 44.626 son hombres, 45.210 mujeres y 10.291, niños.”27 También las mujeres comenzaron a tener un sentido de clase al apoyar con sus firmas la Exposición presentada por la clase obrera a las Cortes Constituyentes  redactada por Pi y Margall en 1855 y donde se reivindica el derecho de asociación como medio para llegar a pactar condiciones de trabajo.28 “De hecho, con pocas excepciones, el pensamiento obrero español del siglo XIX no elaboró una propuesta alternativa de identificación cultural de género que definiese a las mujeres trabajadoras como tales. Parece claro la aceptación del discurso de la domesticidad en los ámbitos obreros y el rechazo de la presencia femenina en el mercado laboral.”29 Así, aunque de manera muy excepcional, los obreros adoptaron, en ocasiones, medidas más directas para impedir la presencia de las mujeres en las fábricas. “Un indicio del grado de hostilidad que podía alcanzar la reticencia masculina frente al trabajo asalariado femenino fue la movilización masiva de los obreros textiles de igualada en 1868 cuyo eje fue la denuncia del empleo de las mujeres en las fábricas del textil del pueblo. Esta movilización dio lugar una semana después a un acuerdo entre empresarios y obreros donde se pactó el despido masivo de las mujeres de las fábricas, la limitación de sus posibilidades laborales y la adjudicación de una remuneración inferior a la que percibían los obreros para el trabajo realizado a domicilio. Según este acuerdo se procedía al despido de las más de 700 operarias de las fábricas igualdinas, medida que denota el grado de oposición hacia la figura de las obreras de fábrica. Es significativo que esta denuncia de los obreros se legitimó a partir del discurso de la domesticidad, aunque había otro motivo más significativo en el trasfondo de este conflicto de género: el miedo a la competencia de la mano de obra femenina más barata.”30 

NOTAS
REFORZANDO LA DIFERENCIA DE GÉNERO. 1839-1875
1.- El Constitucional. 11 de noviembre de 1931. Citado por LÓPEZ MONDÉJAR, Publio. “Historia de la fotografía en España.” Lunwerg. Barcelona, 1997. Pág. 265.
2.- Real orden Circular de 28 de febrero de 1839 autorizando la constitución de asociaciones de socorros mutuos. Ministerio de la Gobernación de la Península. Cuarta Sección. Circular. Con motivo de haber remitido a la aprobación de S.M. la comisión del Montepío particular de Barcelona, llamado de Nuestra Señora de la Ayuda, las nuevas ordenanzas formadas para el régimen de dicha asociación y con deseo de fomentar las que de su especie existan y promover la creación de otras de semejante naturaleza se ha servido Su Majestad la Reina Gobernadora resolver que los socios de las corporaciones cuyo instituto sea el auxiliarse mutuamente en sus desgracias, enfermedades o el reunir en común el producto de sus economías con el fin de ocurrir a sus necesidades futuras, pueden constituirse libremente... En ALARCÓN CARACUEL, Manuel R. El derecho de asociación obrera en España (1839-1900). Ediciones de la Revista de Trabajo. Madrid, 1975. Pág. 314.
3.- El 10 de mayo de 1841 las Cortes le nombraron regente de la reina Isabel II.
4.- ALARCÓN CARACUEL, Manuel R Op. Cit. Pág. 79.
5.- DÍAZ SÁNCHEZ, Pilar. Balance de los estudios sobre el trabajo de las mujeres en la España contemporánea. En XI Coloquio Internacional de AEIHM: la historia de las mujeres una revisión historiográfica. (7,8,9 de mayo 2003). En
6.- FRUTOS, Luisa Mª. La era industrial. Ed. Cincel. Madrid, 1985. Pág. 34.
7.- NIELFA CRISTÓBAL, Gloria. Trabajo, legislación y género en la España contemporánea: los orígenes de la legislación laboral. Pág. 3. Universidad Complutense. En <http://www.unizar.es/eueez/cahe/nielfa.pdf>
8.- Código Penal de 1848. Art. 461. Tomado de ALARCÓN CARACUEL, M. R. Op. Cit. Pág. 319.
9.- TUÑÓN DE LARA, Manuel. La España del siglo XIX. De las Cortes de Cádiz a la primera República. Tomo I. Editorial Laia. Barcelona, 1978. Págs. 178 y sigs.
10.- Los primeros pasos de las organizaciones obreras se producen con el movimiento “ludita”: destrucción de las máquinas y fábricas. En España, el primer caso en Alcoy, 1821, donde queman telares y máquinas de hilar. En 1823, en Camprodón destruyen máquinas de cardar e hilar; o en la Tabacalera (máquinas de liar). En 1835 incendiaron la primera fábrica accionada a vapor, llamada “El Vapor”, de la familia Bonaplata, en Barcelona y en 1854 se boicoteó en Barcelona las selfactinas, nuevas máquinas automáticas de hilar. El “ludismo” es una respuesta airada a la pérdida de puestos de trabajo. PÉREZ GARZÓN, Juan Sisinio. Universidad de Castilla-La Mancha. El movimiento obrero en España. En
11.- El capitán general Juan Zapatero publicó disposiciones tendentes a anular los contratos colectivos vigentes, a disolver las asociaciones obreras y a decomisar sus fondos. MARTÍ y MARTÍ, Casimiro. Afianzamiento y despliegue del sistema libera. En TUÑÓN DE LARA, Manuel (Director). “Historia de España. Revolución burguesa, oligarquía y constitucionalismo: 1834-1923”. Tomo VIII. Editorial Labor. Barcelona, 1981. Pág..247.
12.- Los primeros conflictos abiertos de clase estallaron en algunas manufacturas reales por cuestiones relativas al salario y a la jornada de trabajo; la primera huelga “obrera” del país tuvo lugar en la Manufactura de paños de Guadalajara, instalada en el antiguo palacio de los marqueses de Montesclaros, en 1730. TUÑÓN DE LARA, Manuel. Historia del movimiento obrero español. Nova Terra. Barcelona, 1970. Pág. 15.
13.- Palencia, Valladolid, Rioseco, Benavente, Astorga, Salamanca y Burgos se levantaron contra el hambre y la miseria, obteniendo por respuesta la represión, fusilamientos y ajusticiamientos públicos. Entre los sublevados se encontraban varias mujeres, de las cuales algunas fueron procesadas y tres ajusticiadas en el patíbulo a garrote vil: Dorotea Santos, Tomasa Bartolomé y Modesta Vázquez. “Dorotea Santos González fue líder entre las mujeres palentinas a pesar suyo. Como también las mujeres tomaron un protagonismo a pesar suyo y únicamente por la profunda crisis de subsistencias, dirigiendo los motines sin buscarlo y luchando sólo por el precio del pan. A Dorotea Santos se la consideraba sirvienta pero en realidad era (seguramente a su pesar) prostituta. Tenía 19 años cuando murió y su actitud de lucha se vio manchada por las monedas de oro que cayeron de su corpiño al ir a ser ajusticiada. ¿De dónde procedían? Se ha dicho que fue pagada por intereses políticos. ¿Quizá procedían de su tipo de vida?... Fue ajusticiada a los dos o tres días de detenida junto a otra mujer a garrote. Otros 6 ó más fueron fusilados. Fueron ejecuciones sumarísimas en estado de sitio.” Datos facilitados por el investigador palentino Roberto Gordaliza.
14.- GARCÍA COLMENARES, Pablo y DUEÑAS CEPEDA, María Jesús. Las mujeres palentinas en los siglos XIX y XX. Cálamo. Palencia, 2002. Págs. 145-179.
15.- El general Pedro Nolasco Bassa murió asesinado en Barcelona víctima  de una revuelta popular el 5 de agosto de 1835, siendo Gobernador de Barcelona. Al no adherirse al alzamiento del pueblo ni renunciar al mando, penetraron en su palacio siendo alcanzado por un pistoletazo de uno de los sublevados, arrojado después por el balcón y arrastrado por las calles. Fuente: Diccionario Espasa-Calpe.
16.- MAÑÉ y FLAQUER, Juan. La mujer de Barcelona. En “Las mujeres españolas, portuguesas y americanas tales como son en el hogar doméstico, en los campos,...” Imprenta de Miguel Guijarro. Madrid, 1872. Pág. 143. El protagonismo de las mujeres en estas revueltas eran acciones guiadas por la necesidad de una España pobre, de permanentes crisis políticas y de guerras coloniales que acaparaban un gasto diez veces mayor que el destinado a educación. En todo caso no creemos que las mujeres tuviesen feroces instintos ni los soldados fueran unos infelices.
17.- La situación se iría agravando y en el otoño de 1855 el malestar se generalizó. En octubre de este año, se produjeron choques sangrientos entre la población y la guardia civil en Málaga, Granada, Sevilla, Écija, Jerez, Albacete, Valencia, Teruel, Valladolid, Pamplona y otros lugares. En el mes de noviembre, grupos de mujeres intentaron detener en Zaragoza las barcazas que bajaban por el canal de Aragón, cargadas de harina para la exportación, mientras la población moría de hambre literalmente... El 28 de noviembre, el periódico La Esperanza, anunció la muerte de frío de dos mil personas en Madrid. OLAYA MORALES, Francisco. Historia del movimiento obrero español (siglo XIX). Nossa y J. Editores. Salamanca, 1994. Pág. 183.
18.- En el Proyecto de ley sobre la Industria Manufacturera de 8 de octubre de 1855 del Ministro de Fomento, Manuel Alonso Martínez, el art. 7 dice: “Solo en establecimientos donde se ocupen más de veinte se permitirá la admisión de niños o niñas que hayan cumplido ocho años, debiendo trabajar únicamente por la mañana o por la tarde para que les quede tiempo para la instrucción. Los jóvenes de ambos sexos mayores de doce años y que no pasen de dieciocho, solo podrán trabajar diez horas diarias entre las seis de la mañana y las seis de la tarde”. ALARCÓN CARACUEL, M. R. Op. Cit. Pág. 80.
19.- GÓMEZ RIVERO, R. y PALOMEQUE LÓPEZ. M. C. Los inicios de la revolución industrial en España: la fábrica de algodón de Sevilla (1833-1836). Pág. 10. En
20.- Ibid. Pág. 12.
21.- El clima general que pesó sobre la clase obrera industrial durante la década moderada (1844-1854) lo recordó Juan Alsina, dirigente obrero de Barcelona, ante la Comisión de las Cortes que tenía que dictaminar el proyecto de ley sobre la industria manufacturera, presentado a las Cortes el 8 de octubre de 1855: “No cesaron [...] para las sociedades obreras -dijo Alsina- las persecuciones y los destierros. ¡Once años de terrible prueba para la clase obrera!”. . MARTÍ y MARTÍ, Casimiro. Afianzamiento y despliegue del sistema liberal. En TUÑÓN DE LARA, Manuel (Director). Op. Cit. Pág..247.
22.- GÓMEZ RIVERO, R. y PALOMEQUE LÓPEZ. M. C. Op. Cit. Pág. 7.
23.- El trabajo de las mujeres se hace visible para la sociedad cuando salen del recinto familiar y acceden a las fábricas, es decir, de la mano de la Revolución Industrial y la aparición de la industria fabril. Es entonces cuando se visibiliza la presencia de las mujeres en la producción social y por extensión se comienza a tener en cuenta otras ocupaciones, comenzando de este modo a relacionar a las mujeres con todo tipo de actividades laborales, sean éstas remuneradas o no. Curiosamente la aceptación del trabajo femenino viene apadrinado por la actividad de las mujeres de clase media, que se inician en distintos oficios en el siglo XIX y que da lugar a la generalización de la idea acerca “de la incorporación de las mujeres al trabajo”, obviando la actividad laboral de las mujeres de clases bajas que han trabajado siempre. Esto que es un fenómeno extendido en toda Europa, tiene una peculiaridad propia en España en donde el retraso económico, la escasa industrialización, localizada en Cataluña y provincias vascongadas, y el poder paralizador de la Iglesia Católica, actúan de freno a cualquier cambio social protagonizado por las mujeres”. DÍAZ SÁNCHEZ, Pilar. Op. Cit.
24.- NASH, Mary. Identidad cultural de género, discurso de la domesticidad y la definición del trabajo de las mujeres en la España del siglo XIX. En “Historia de las mujeres. El siglo XIX”. Taurus. Madrid, 1993. Págs. 585 y sigs.
25.- El Socialista. N.º 117. 1-junio-1888.
26.- El Socialista. N.º 123. 13-julio-1888.
27.- IZARD, Miguel. Industrialización y obrerismo. Barcelona, Ariel, 1973. Pág. 67.
28.- Aunque lleve la firma de muchas mujeres, el sujeto que en él se expresa es el de los trabajadores varones adultos, cabezas de familia: “hemos de ... mandar al taller a nuestras esposas, con perjuicio de la educación de nuestros hijos, sacrificar a estos mismos hijos a un trabajo prematuro...os lo pedimos en nombre de nuestra dignidad ultrajada, de nuestras mujeres arrebatadas del hogar doméstico por una necesidad impía, de nuestros hijos creciendo ya como nosotros bajo el peso de la ignorancia, del trabajo y la miseria”. La historiografía ha mostrado cómo en el periodo previo a la industrialización las mujeres casadas habían venido trabajando no solo en los talleres artesanales del mundo gremial sino también como vendedoras en los mercados, lavanderas, nodrizas u operarias de talleres. NIELFA CRISTÓBAL, Gloria. Op. Cit.. Pág. 4.
29.- NASH, Mary. Op. Cit. Pág. 587.
30.- Ibid. Págs. 590-593.


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Luis Alberto Cabrera es Licenciado en CC. de la Información por la Universidad Complutense y en CC. de la Documentación por la Universidad de Alcalá. Autor de los libros: "Los hermanos Taviani", "Alcalá en la escuela", "Memoria Gráfica de Alcalá", "Guadalajara, el lápiz de la luz", "Retratos de fin de siglo", "Catálogo de publicaciones del Ayto. de Alcalá", "Todos a la feria", "El archivo y la fotografía en Alcalá de Henares", "Mujer, trabajo y sociedad", "Alcalá en las colecciones fotográficas", "Cas Oorthuys, la mirada de un holandés errante".

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